Compra material seguridad personal

En la empresa en la que trabajo hemos comprado ropa laboral y epis (elementos protección personal). En que cuenta habría que contabilizarlo. ¿Y los gastos de transporte de esta compra?

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Deberías contabilizarlo en la cuenta (649) Otros Gastos Sociales.
Referente a los gastos de transporte, debes considerarlo como más gasto de ropa laboral o EPI.
Esperamos haberte aclarado tus dudas.

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