Contabilizar un pago de IRPF de año anterior

Llevamos la contabilidad de una pequeña empresa y tuvimos hace poco una complementaria del modelo 190 de hace 3 años. Hacienda considera que la retención de los ingresos de un socio se hizo a un tipo inferior al que debía, y ha obligado a pagar ahora dichas retenciones no practicadas, junto con intereses de demora. No hay sanción.
¿Cómo contabilizo el pago de esta retención no practicada en su día? Se me ocurre a priori que debería ser descontada de los pagos futuros o pendientes al socio, dado que en el fondo es un pago por su cuenta a Hacienda (excepto los intereses de demora, claro).
Me gustaría, si es posible claro, imputarla a la Sociedad.
En cuanto a los intereses de demora, ¿cómo los contabilizo? ¿son deducibles en I.S.?

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Si el pago lo hizo la empresa al socio por un cobro de tipo salarial (bonus, prima, salario etc..), habría que llevarlo como más gasto de personal, pero, como es años anteriores lo tendrías que llevar contra reservas, haciendo el ajuste pertinente en la declaración del I.S.
Te recomiendo llevarlo contra gasto de este año.
Los intereses si son deducibles, las multas no.

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