Subvenciones

¿Qué diferencia existe, a efectos contables, entre una Subvención en Capital y una Subvención a la explotación?

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Respuesta
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1º. Subvención en Capital.
El esquema contable correspondiente a la Subvención es el siguiente:
En el momento de la concesión
(4708) a (1300)
Por el importe de la subvención.
En el momento del cobro efectivo de la subvención
(572) a (4708)
Por el importe de la subvención.
En el momento de la imputación al Resultado del ejercicio
(1300) a (775)
Por la parte de la Subvención imputada al ejercicio correspondiente.
2º. Subvención a la explotación.
El esquema contable sería el siguiente:
En el momento de la concesión
(4708)
Por el importe bruto de la subvención, incluido en su caso el IVA devengado.
A (740)
Por el importe neto de la subvención concedida.
A (477)
Por el importe del IVA devengado, en su caso, sobre la subvención líquida concedida.
En el momento del cobro efectivo de la subvención
(572) a (4708)
Por el importe bruto de la subvención, incluido en su caso el IVA devengado.
En el momento de la imputación al Resultado del ejercicio (regularización de las cuentas de Ingresos)
El saldo de la cuenta (740) se regularizará, al cierre del ejercicio, junto con los de las demás cuentas de Ingresos con ABONO a la cuenta (129).
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