ISS Con Ajuste Extra contable

Estimado Experto:
Al cierre de ejercicio 2005, el balance de P-G me dio un valor de "0" ni ingreso ni gasto (la empresa se creó 5 meses antes), por ese motivo no hice el ISS (30% por ser ERD). ¿Pero ahora me han comentado que las multas no son fiscalmente consideradas gastos (yo incluí una multa de hacienda por valor de 200? En pérdidas), por lo que se deberá realizar un ajuste extra contable en el Mod.201 para pagar ese desajuste.
¿Cómo contabilizó ese importe que debo pagar por el Mod.201? ¿Debo quitar el gasto de la multa que contablemente se me permite contabilizar en la cuenta de pérdidas y ganancias, o debo hacer un ajuste contable, si es así, como se realiza ese ajuste contable a fecha 25 de julio de 2006?
Espero haber explicado bien mi duda, muchas gracias.
Respuesta
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No se trata de un ajuste contable, sino extra contable. La base imponible del Impuesto de Sociedades es el resultado contable corregido con los gastos o ingresos que fiscalmente deban ser incluidos. Como tu dices, las multas no son un gasto fiscal (aunque sí contable). Por tanto tu base imponible que era 0, se verá corregida con una diferencia permanente positiva de 200, por lo cual la base imponible será 200.
Como consecuencia la cuota del impuesto de sociedades será de 60 (200x0.3), que debes considerar en la cuenta (630) Impuesto de beneficios. Es decir
60(630) a (4752) 60
Y además tienes que llevar ese gasto a Pérdidas y Ganancias
60(129) a (630) 60

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