Subvenciones

Hola, hemos recibido una subv. Para adquirir equipos informáticos. El dinero de ésta se recibió en banco en 2004 y se contabilizó (572 -a- 130), pero los equipo se adquirieron en 2003, contabilizándose la factura y deduciendo el iva por tanto en 2003. Para hacer el cierre de 2004 y llevar la subvención a la cuenta 775, ¿qué pasa con el menor iva soportado que supone la subvención y que no se tuvo en cuenta en 2003? ¿Cómo seria el asiento, teniendo en cuenta que el iva de 2004, ya tampoco lo podemos modificar?.
Gracias.

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Tu debes contabilizar las facturas de inmovilizado por el importe que tienen realmente las facturas, tanto el bien como el IVA,
otra cosa es la subvención, que es un ingreso extraordinario posterior a la adquisición.
Así que no tienes que contabilizar nada de IVA, ni deducción en el iva posteriormente, solo la subvención, el importe que os reintegran por el inmovilizado.

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