Aval bancario

¿Cómo puedo contabilizar un aval bancario de una póliza?

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Si entiendo su pregunta se trata de un aval bancario aportado como garantía para la concesión de una póliza de crédito o cuenta corriente de crédito.
En el PGCE vigente se ha eliminado el "Grupo 0. Cuentas de orden y especiales" que existía en el Plan de 1973. Así pues, las operaciones que, aún representando compromisos futuros, NO SUPONEN ALTERACIÓN PATRIMONIAL en el momento actual NO TIENEN REGISTRO CONTABLE. No obstante, éstas DEBERÁN APARECER CONVENIENTEMENTE DETALLADAS EN LA MEMORIA CONTABLE que forma parte de las Cuentas Anuales del ejercicio.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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