Seguridad social de autónomos

Me he establecido como autónomo en la rama de fontanería y me gustaría saber cómo secontabilizan las cuotas de la seguridad social ¿Qué cuentas contables debo utilizar?

1 respuesta

Respuesta
1
Si un empresario individual lleva la contabilidad de su empresa o negocio según el PGCE, las cuotas de afiliación al RETA puede registrarlas en la cuenta 642. Esto es así porque no existe diferencia jurídica entre empresa y empresario (no existen DOS sino UNA SOLA personalidad jurídica). Además, la afiliación y cotización al RETA constituye un GASTO NECESARIO para la generación de ingresos por la empresa individual, por cuanto constituye un requisito imprescindible para su propia existencia.
El asiento contable sería el siguiente:
(640)
Por el importe íntegro de la retribución asignada.
(642)
Por el importe de la cuota a ingresar en la Tesorería de la Seguridad Social (RETA).
A (4751)
Por el importe de la retención a cuenta del IRPF.
A (476)
Por el importe de la cuota a ingresar en la Tesorería de la Seguridad Social (RETA).
A (572)
Por el importe neto de la retribución.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para cualquier ampliación o para resolver nuevas dudas. Para ello puede utilizar este foro, formulando una nueva pregunta. También puede contactar directamente conmigo por e-mail ([email protected]) o por teléfono (934195281) para contratar mis servicios profesionales. Un saludo.
P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.
Muchas gracias por su respuesta y su interés.Me gustaría hacerle otra pregunta:
Voy a ser un autónomo, por lo que no voy a tener una retribución(cuenta contable 640), ni me van a practicar retención. Simplemente voy a ingresar mensualmente un importe fijo en la seguridad social, pero no voy a cobrar un sueldo(Sólo tendré como beneficio la diferencia entre mis ingresos y mis gastos). ¿Cuál será el asiento contable?
Gracias.
Una observación. Para obtener sus ingresos deberá FACTURAR sus servicios y en esas facturas se incluirá, además del IVA repercutido, la RETENCIÓN del 15% a cuenta del IRPF.
En cuanto al registro de sus INGRESOS y sus GASTOS, siempre que lleve su contabilidad adaptada al PGCE, será la que corresponda en función de la naturaleza de cada uno de ellos. En general:
INGRESOS => Cuenta 705
GASTOS => las cuenta que corresponda a la naturaleza de cada uno de ellos
MOVIMIENTOS DE TESORERÍA (COBROS Y PAGOS) => Cuenta 572
PÉRDIDAS Y GANANCIAS => Cuenta 129
Algunas cuentas recogidas en el PGCE son específicas para las empresas individuales; como, por ejemplo, las Cuentas 102 y 550.
P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.
Muchas gracias por sus aclaraciones, pero lo que me gustaría que me contestase es ¿cómo debo contabilizar la seguridad social y dentro de qué gasto?(Soy un autónomo, no una empresa).
Gracias.
Un "autónomo" es una EMPRESA INDIVIDUAL.
Si lleva su contabilidad adaptada al PGCE tiene la respuesta a su pregunta en los párrafos anteriores. Si no lleva su contabilidad al PGCE porque no tiene obligación de hacerlo, entonces llevará, como mínimo, un libro de Ingresos y Gastos. Por tanto, no realizará asientos contables sino que anotará sus Ingresos y sus Gastos en el registro correspondiente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas