Respecto al club de bolsa

Una ultima duda que me ha entrado.
Si el club de bolsa es una comunidad de bienes. En caso de que uno de los miembros tenga embargos, ¿podrían embargar el importe integro de nuestra cuenta de c.de bienes o solo su parte? Tengo entendido que la responsabilidad es solidaria, con lo que se podría embargar toda la cuenta.

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La sociedad estará compuesta por socios y el capital será a proporción de los socios, con lo que un socio responderá con su capital invertido y no el de todos. Con lo que si embargaran sólo sería la parte proporcional del socio.
De otra forma inversa sería: si pasara algo muy grave; por ejemplo si el club pidiera un préstamo y no liquidaran este préstamos y lo reclamaran; los socios responderían con sus bienes para pagar esa deuda.
Al revés si que sería con los bienes de todos los socios si la sociedad fuera reclamada por algún impago, etc.
Análisis de Inversiones en Bolsa.

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