¿Obligación de placas solares?

Hola,
Hace justo 2 años que vivo de alquiler en un bloque de protección oficial. Justo un año antes de entrar yo, entraron parcialmente los primeros inquilinos, es decir, hace 3 años. Por lo que no hará más de 5 años que la han construido. Y según lo que he averiguado, el nuevo plan de vivienda 2005-2008 obliga a tener instalación de placas solares para un consumo más sostenible, etc, etc.. ¿Cómo puedo saber si le afecta la obligatoriedad de tener dicha instalación? ¿Y si es así como debería proceder?
Gracias

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Si la licencia de obras fue solicitada con posterioridad al 28 de Marzo de 2006 (fecha de entrada en vigor del Código técnico de la edificación) entonces sí estás obligado. De ser así, el proyecto de arquitectura debe reflejar esa obligatoriedad y, por tanto, el edificio debía haber sido construido con ese equipamiento.
Si fue solicitada la licencia de obras con anterioridad a esa fecha, pues no existe obligación alguna y el edificio cumple perfectamente con la normativa que le era de aplicación en su momento.
Espero haberte ayudado, si tienes alguna otra duda, pregunta sin problema. Si quedó claro, por favor, finaliza/valora la respuesta.
En mi caso estoy de alquiler de protección oficicial y lo único que veo en mi contrato es la fecha de cualificación definitiva en marzo de 2008 y el nº de expediente de construcción. ¿Dónde puedo consultar la fecha en la que le otorgan la licencia de obras?
Ojo, hablo de fecha de solicitud de licencia, no fecha en la que otorgan licencia.
Esa fecha la debe saber la constructora, el arquitecto o, lo más seguro, consultando en el ayuntamiento en el que solicitaron esa licencia.

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