Autopromotor (ampliación vivienda)

Hace algunos meses compramos una casa y vamos iniciar en breve las obras de ampliación de la misma. Hemos consultado con Hacienda y nos han confirmado que cumplimos los requisitos para acogernos a la desgravación por ampliación de vivienda habitual.
Por otro lado, nos han hablado de la posibilidad de actuar como autopromotores, dado que se trata de vivienda para uso propio, para poder pagar el 7% de IVA en lugar del 16%. No obstante, no han podido aclararnos algunos puntos:
a) ¿Cómo debe acreditarse la condición de autopromotor? ¿Qué trámites deben seguirse para hacerlo?
b) La obra será realizada por una constructora. ¿Es imprescindible que sea el constructor quien compre materiales para poder luego facturarnos con el 7% de IVA? ¿Podemos ocuparnos de comprar sanitarios, pavimentos, revestimientos, etc., sin que los vendedores nos cobren el 16%? ¿Es más práctico canalizarlo todo a través del constructor?
¿Hemos preguntado en una empresa que se dedica al suministro de materiales para la construcción y nos han dicho que ellos cobran el 16% siempre y que el IVA reducido es sólo para la? ¿Mano de obra?.
El proyecto está aprobado y la licencia de obras concedida. Las obras empezarán la semana que viene y las facturas empezarán a llegar YA, por lo que necesitamos saber urgentemente cómo proceder (y no parece un tema sencillo, porque no hemos conseguido una respuesta clara).

1 respuesta

Respuesta
1
Me parece lo más cómodo...
De todos modos, al menos en el País Vasco cualquier sujeto pasivo que realice obras de reforma de cierta entidad (en el caso de las comunidades es algo diferente) puede solicitar que le cobren el iva al 7% al menos de la mano de obra. En el caso de rehabilitaciones integrales se puede aplicar el 7% a toda la obra.
Lógicamente lo que intenta todo el mundo es que en la factura aparezca el mayor porcentaje posible de mano de obra para así pagar menos iva...
Lluis y Lola:
La condición de autopromotor se adquiere desde el momento en que uno contrata la ejecución de la obra y luego la destina a vivienda propia. En algunas administracines exigen que además se obtenga un "iae" para acreditar actividad económica mientras dura la obra e imputar además otros gastos de gestión. Eto obliga a declarar iva, etc.
Si os decidís a comprar elementos de construcción, siempre os los van a cargar con el 16%, así que a no ser que la diferencia de precio sea notable os puede compensar que el constructor los compre...
Un saludo. RdM

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