Seguro comunidad insuficiente
Hola Muy buenas
Resulta que hace varios años una rotura de un bajante de la comunidad provoco unos daños a todas luces altísimos en un local de la planta baja, el caso es que el seguro de la comunidad no nos comunico nada y se limito cunado llego el cumplimiento del contrato a comunicarnos que nos daba de baja.
Al poco tiempo nos llega una denuncia del seguro de la propietaria del bajo reclamándonos la cantidad que le había pagado a la propietaria del local por los daños ocasionados por las aguas del bajante, ¿el caso es que el seguro de la comunidad tenia una clausula de 5000? En responsabilidad civil por este motivo, ¿y la cantidad total era algo más de 20.000? ( Que no vale todo lo que tiene la tienda), con lo cual nos reclamaba el resto a la comunidad.
Yo tengo un seguro de hogar en la que en responsabilidad civil tiene una clausula que literalmente dice:
"Cuando se asegure el Continente
Daños que tengan su origen en la propiedad inmobiliaria por actos u omisiones del Asegurado o de las personas de las que legalmente deba responder.
Si el asegurado es copropietario del edificio donde se encuentra la vivienda asegurada, la garantía se amplia a la cuota parte que corresponda al asegurado por responsabilidad dimanates de la comunidad de propietarios del inmueble siempre que resulte insuficiente el seguro establecido por cuenta común de los copropietarios o en caso de inexistencia de este."
¿Pues bien salio el juicio y lo perdió la comunidad y se apelo y se volvió a perder y ahora nos reclaman los algo más de 15.000? Más las costas.
Mi pregunta es tiene el seguro de mi hogar obligación de pagarme la parte que me corresponda pagar a mi,
Le saluda atentamente Juan Ramon
Resulta que hace varios años una rotura de un bajante de la comunidad provoco unos daños a todas luces altísimos en un local de la planta baja, el caso es que el seguro de la comunidad no nos comunico nada y se limito cunado llego el cumplimiento del contrato a comunicarnos que nos daba de baja.
Al poco tiempo nos llega una denuncia del seguro de la propietaria del bajo reclamándonos la cantidad que le había pagado a la propietaria del local por los daños ocasionados por las aguas del bajante, ¿el caso es que el seguro de la comunidad tenia una clausula de 5000? En responsabilidad civil por este motivo, ¿y la cantidad total era algo más de 20.000? ( Que no vale todo lo que tiene la tienda), con lo cual nos reclamaba el resto a la comunidad.
Yo tengo un seguro de hogar en la que en responsabilidad civil tiene una clausula que literalmente dice:
"Cuando se asegure el Continente
Daños que tengan su origen en la propiedad inmobiliaria por actos u omisiones del Asegurado o de las personas de las que legalmente deba responder.
Si el asegurado es copropietario del edificio donde se encuentra la vivienda asegurada, la garantía se amplia a la cuota parte que corresponda al asegurado por responsabilidad dimanates de la comunidad de propietarios del inmueble siempre que resulte insuficiente el seguro establecido por cuenta común de los copropietarios o en caso de inexistencia de este."
¿Pues bien salio el juicio y lo perdió la comunidad y se apelo y se volvió a perder y ahora nos reclaman los algo más de 15.000? Más las costas.
Mi pregunta es tiene el seguro de mi hogar obligación de pagarme la parte que me corresponda pagar a mi,
Le saluda atentamente Juan Ramon
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