Administración de fincas

A ver si soy capaz de preguntar de forma legible.

A principios de mayo, hubo reunión general de propietarios en la comunidad que vivo; por asuntos laborales urgentes para la fecha de la reunión estaba fuera de España.

En dicha reunión creo se trataron y aprobaron asuntos que tal vez no estaban en el punto del día ; ¿Por qué digo tal vez? Pues porque de un total de 112 vecinos, normalmente no acudimos más allá de 15 o 20 (hasta ahora, en 30 años no he fallado a reunión alguna) y a las personas que he preguntado no han sabido aclararme que es lo que se aprobó exactamente.

La pregunta es la siguiente:

Al tener administrador de fincas, ¿Este no está obligado a comunicar a todos los propietarios copia de lo tratado y sobre todo aprobado en dicha reunión en plazo suficiente para de ser necesario poder impugnar lo aprobado en la misma, que si no estoy equivocado es de 30 días?

Es que tengo mis dudas, dado que el presidente actual es muy dado a actuar en la comunidad como si de su finca particular se tratase.

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El administrador está obligado a inscribir el acta en el libro de actas en el plazo de 10 días Art. 19.3 LPH

En ese mismo artículo se establece que el acta se debe enviar a los propietarios pero no establece ningún plazo.

Lo que debe hacer usted es solicitar al administrador el acta de la junta, allí es donde usted verá cuales son los acuerdos que se han tomado, esta obligado a facilitársela en virtud del art. 20 e LPH

Lo que es muy raro es que los asistentes no conozcan los acuerdos y desde hace mas de 3 meses no hayan tenido el acta.

Muchas gracias por su respuesta que me sirve de apoyo para solicitar el administrador copia del acta, en cuanto a que el resto de propietarios desconozcan lo aprobado, no es que realmente lo desconozcan, simplemente van a pasar el rato y votar lo que el presidente sugiere, como ya he dicho los porcentajes de asistencia a las juntas son del orden del 20% y a pesar de ser una comunidad ubicada en Alicante, no se trata de edificio de vacaciones, los 112 propietarios son residentes todo el año.

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