Cambio en los estatutos de la comunidad

Hola a todos.
Hace unos años compré una plaza de garaje y le pedí al promotor si estaba
incluido en los estatutos de la comunidad que no fuera necesario pedir
permiso a los vecinos para poder cerrarlo.
Me dijo que ya había entregado los estatutos en el registro de la
propiedad hacia unos días, pero que podía incluir una modificación que
estaría diligenciada por notario (el mismo en el que luego todos los
vecinos escrituramos) antes de que se escrituraran las viviendas,
garajes abiertos, garajes cerrados y de la constitución de la
comunidad de propietarios y que esta modificación sería legal y
vinculante. Efectivamente así lo hizo y me consta que tiene fecha
anterior a la escrituración y constitución de la comunidad de
propietarios.
Todo esto también me lo confirmo el notario en el momento de escriturar mi plaza abierta.
Ahora quiero hacer uso de esta modificación de los estatutos y quiero
saber si es cierto que es legal y vinculante o por el contrario no lo
es.
Gracias por la ayuda.

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Si en los estatutos está que puede cerrarla la comunidad no se puede negar pero no quita que el ayuntamiento no le dé la licencia y no lo pueda cerrar. Son dos cosas diferentes pero con el mismo resultado.

Lo que quiero saber es si la modificación es legal.

La modificación es legal mientras un juez no diga lo contrario. Ya se que la respuesta es ambigua pero en la ley de propiedad horizontal lo dice bien claro se estará a lo que digan los estatutos.

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