Duda sobre cuotas de participación

Quisiera saber si para establecer las cuotas de participación de cada propietario, tienen que aprobarse éstas en una reunión de los mismos. Les cuento mi caso:

En mi comunidad de propietarios existe, desde que ésta se creó, un acuerdo por el que todos los propietarios pagan la comunidad a partes iguales. Los décimos, que son más pequeños, hasta ahora han pagado como los demás, pero ahora que existen derramas para subsanar deficiencias en el edificio, la dueña de uno de ellos ha decidido, de motu propio, realizar los pagos de dichas derramas siguiendo las cuotas de participación. Es cierto que no hay un acuerdo previo respecto al pago de gastos fuera de la cuota de la comunidad, pero, ¿es legal esto? ¿No debería de ser acordado en junta de propietarios? Y en el caso en que ella estuviera haciendo lo correcto: ¿Podría usar esta cuota para todos aquellos gastos que no sean la cuota de la comunidad? Por poner un ejemplo, recientemente hubo que cambiar los contadores de la luz, por exigencias de la compañía eléctrica, y ella pagó por cuota de participación, cuando el contador es igual que el de todos. ¿En este caso, en el que es indiferente los m2 de superficie útil, puede también pagar así?

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La ley establece que los propietarios deben contribuir de acuerdo a su cuota de participación tanto en los gastos ordinarios como en las derramas. Art. 9.1 e LPH

En el titulo constitutivo o escritura de división horizontal se establecen dichas cuotas. Art 5 LPH

Si hay acuerdo unanime en junta para el cambio de reparto de gastos en la comunidad se puede cambiar como es su caso a partes iguales pero si esta acuerdo no se inscribe en el registro de la propiedad solo vincula a los propietarios que habia en el momento del acuerdo, es decir, si algun propietario compra o adquiere la vivienda despues y no quiere vincularse a este acuerdo deberán cambiar el criterio de reparto a coeficientes de partipación. Al no estar inscrito en el registro de la propiedad no le vincula porque no dispone de esa información a la hora de adquirir el inmueble, en caso de herencia pasaría lo mismo.

Si este propietario no ha adquirido con posterioridad al acuerdo la vivienda debe contribuir a partes iguales salvo que por otro acuerdo en junta se acuerde otro nuevo tipo de reparto.

Buenas tardes.

Cuando se refiere a que el acuerdo ha de estar inscrito en el Registro de la Propiedad, ¿a qué se refiere? El acuerdo figura en el libro de actas de la comunidad, libro que está sellado previamente por el registro de la propiedad. ¿Se refiere a esto? Y, otra pregunta: tanto si el acuerdo esté inscrito en el Registro de la Propiedad, o si la dueña es la misma que firmó aquel acuerdo (que hace sólo mención a las cuotas iguales de la comunidad): ¿ésta podría utilizar la cuota de participación sólo para las derramas? ¿O se vería obligada a pagar éstas del mismo modo que la cuota de la comunidad, esto es, a partes iguales?

Muchísimas gracias

Cuando alguien va a comprar una vivienda puede ir al registro de la propiedad a ver las condiciones y obligaciones que tiene ese piso en la comunidad de forma que conociéndolas puede optar a adquirir esa propiedad o no.

Si esta en el libro de actas no puede consultarlo con lo que ese acuerdo que contraviene lo que se establece en las escrituras de la comunidad solo tendría validez para aquellos que eran propietarios en el momento en que se realizó el acuerdo.

Inscribirlo en el registro de la propiedad tiene unos elevados gastos notariales, registrales y de impuestos con lo que es casi seguro que no lo hayan hecho.

Si la dueña es la misma que cuando se realizó el acuerdo no tiene opción de acogerse a las cuotas de participación y le podrían reclamar incluso judicialmente lo que le corresponde pagar con el criterio de partes iguales.

En cambio en cuanto entre un nuevo propietario y se oponga a este criterio de reparto tendrán que cambiarlo a coeficientes o inscribirlo en el registro pero si hacen cuentas verán que el gasto de inscribirlo es infinitamente superior al ahorro en las cuotas con lo que les saldría mas caro "el collar que el perro".

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