Luz permanente en la entrada del ascensor

Buenos días

Soy propietaria de un piso en una edificio relativamente nuevo, construido en el 2009.

Mi cuestión es que en la ultima reunión de la comunidad, se comento que era necesario tener instalados un punto de luz mínimo en la entrada de  cada puerta de entrada al ascensor, en total 4 contando el rellano, los cuales deben estar funcionando las 24 horas del día sin excepción.

Algunas personas comentaron que esto era obligatorio, pero ninguno me supo concretar la normativa a la cual se refiere dicha instalación. Me gustaría si puede ser me dijerais a cual normativa se refieren y si es totalmente necesario o por el contrario es algo recomendado.

Un Saludos.

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Dígale a esas personas que le indiquen qué norma es la que lo recoge y que ellos conocen, y yo se la localizo.

Necesario puede ser pero no obligatorio y ha de estar acorde con los tiempos, ya que sería mucho más práctico instalar un temporizador con un sensor de movimiento (como los de las alarmas) y sólo cuando algún vecino entre o salga del ascensor el mismo encenderá la luz por espacio de medio minuto y verá lo poco que van a tardar en amortizar el gasto de dichos aparatos y su instalación.

Ruego cierre y valore

Si no se hace a una idea de a lo que me refiero le adjunto el primer que he encontrado, pero hay cientos en el mercado. Éste lleva ya la lámpara incorporada y con 150w es mas que suficiente.

Buenas

El vecino en cuestión no me dice concretamente la normativa a la que se refiere, solo me comenta que lo dice industria y con eso se queda mas ancho que pancho.

Pero el Ministerio de Industria lo que hace es promulgar normativa. Ya le anticipo yo que no le podrá decir a qué norma se refiere, porque la misma no existe.

La solución es colocar esos aparatos que le he indicado -si llegan a ese acuerdo- y con el sistema señalado.

Ruego cierre y valore

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