¿Cotización vecino que limpia zona común?

En la comunidad de vecinos (en Castellón de la Plana) hemos decidido contratar a una vecina para que limpie zonas comunes.
La idea es hacerle un contrato de 1 o 2 horas diarias cuatro días a la semana. ¿Esto es posible o solo puede ser por horas? Si no, ¿qué contrato hay que hacerle?. No quiere régimen de autónomo, lógicamente, porque pagaría más de lo que ganaría.
En segundo lugar, queremos que cobre 180€ netos, pero queremos saber cuánto tendremos que cotizar por ella a la seguridad social, es decir, lo que nos va a costar además del sueldo neto. ¿Habría qué hacer el TC1 o 2 todos los meses o con domiciliar el pago es suficiente?. Habría que incluirla en el Régimen General y cotizar por ella por contingencias comunes y accidentes de trabajo, ¿por algo más?. ¿Tendríamos alguna bonificación por ser mujer con hijos menores y parada de larga duración?. ¿Cómo y cuándo hay que solicitarlo y cuanto duraría la hipotética bonificación?.
Creo que retención de IRPF no hay que hacerle por lo que le queremos pagar y por sus circunstancias familiares (sin ingresos, tres hijos menores, mujer desempleada, vive de alquiler), ¿no?.
¿Podrías ponerme como quedaría la nómina que habría que entregarle todos los meses?.
Por último, su marido está cobrando la ayuda de 400€ por llevar más de tres años en paro y tener cargas familiares y nos surge la duda de si perderían estas ayudas por contratar a la mujer. Ella no tiene ayuda, que yo sepa. Pero el marido la está cobrando. ¿La perdería o le afectaría a su importe que su mujer obtenga rentas del trabajo que le pagaríamos nosotros (2160€/año)?.

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1.- La Legislación Laboral y de Seguridad Social, es muy cambiante y mas en los tiempos que estamos.

2.- Además me hace preguntas que tienen una implicación fiscal.

3.- En otro tiempo, si que le podría dar una respuesta exacta, pero tras 12 años de jubilación, me temo que no estoy totalmente al día, de estos temas.

4.- Le sugiero que busque a otra persona que esté mas a día que yo, en estos temas, pues no me atrevo a darle una solución, por miedo a equivocarme.

5.- Si le puedo apuntar que el Contrato, puede ser A tiempo Parcial o por Obra o Servicio Determinado, si la prestación es temporal.

6.- El Régimen, si ha de ser el General.

7.- Todos los meses habrán de hacerle su correspondiente nómina y cotizar, por Seguros Sociales.

8.- Con lo que me indica de salario, cotizaría por el tope mínimo.

9.- El coste de los Seguros Sociales, dependerá en que epígrafe de Accidente de Trabajo se ponga, pero puede calcular un 30 o 35%, del salario

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