Pago de derrama para pagos de suministro eléctrico

Tengo una segunda vivienda en una zona de costa y todavía no tenemos la licencia de primera ocupación. No obstante, se ha creado la Comunidad de Propietarios y se ha aprobado una derrama para el pago de la luz, que todavía es de obra. En el caso de los que no vivimos allí es de 15 euros bimensuales. ¿Tengo obligación de pagarla si no habito la vivienda y ya estoy pagando los recibos de la Comunidad?  Yo insisto en pagar por dicho suministro en las fechas en que habite la vivienda. Gracias.

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Se debe pagar todo lo que se aprueba en las reuniones y la única forma de no hacerlo es impugnar el acuerdo judicialmente.

Recomiendo se ponga en contacto con el presidente de la comunidad y le exponga lo que ha descrito en su pregunta y que este le dé una solución.

Asimismo se han aventurado a hacer la comunidad sin tener la licencia de primera ocupación por lo que los gastos de todo esto debieran ser negociados con el promotor.

Desconozco lo ocurrido hasta el momento en su comunidad por lo que no puedo concretar mas en mi respuesta.

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