Instalación ascensor alterando escaleras comunes

Vivo en una finca de 4 pisos más la entreplanta. Yo vivo en el último. Los vecinos quieren poner el ascensor pero como no hay patios ni hueco de escaleras, ha de ponerse utilizando las ventanas que hay en la fachada, con lo cual las escaleras quedarían ciegas o con una única hoja de ventana o bien tendrían que abrir huecos en la fachada al exterior para que sirvieran de nuevas ventanas en los rellanos. También tienen que tirar todas las escaleras de la finca y volverlas a hacer alternándolas con rampas. A mí me quitaría mucha luz a la cocina. Una empresa faraónica y muy costosa. Mi pregunta es si al tener que modificar las escaleras es necesario la aprobación por unanimidad puesto que es un elemento arquitectónico de la finca, o también al modificar las ventanas que forman parte de la fachada. Hay que tener en cuenta que en el tercer piso vive una señora de más de 70 años, que no tiene problema alguno de movilidad pero que tiene esa edad.

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Al haber propietario mayor de 70 años se requiere mayoría de cuotas y votos en junta en virtud del art. 17.1 en el párrafos 3 y 4 LPH
Gracias por el enlace pero como no entiendo de leyes me resulta difícil encontrar allí la respuesta que busco. Por un lado entiendo que con las tres quintas partes a favor ya es suficiente para instalarlo. Por otro lado al tener que modificar la fachada y escaleras entiendo que es necesario unanimidad. Por último, si algún vecino necesita crédito para pagar estas obras ¿me puedo negar a que la comunidad avale de alguna manera este crédito con el banco de este vecino? Muchas gracias.
Aunque haya que modificar el titulo constitutivo (fachada) en este caso no hace falta unanimidad simplemente mayoría.
Otra cosa es la obligación que la comunidad avale ningún tipo de crédito, puede negarse perfectamente.

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