Alquiler con aval bancario

Quiero alquilar un local para montar una tienda por el que me piden 1200 euros de renta. Dos meses de fianza, y un aval bancario.

Por lo que he leído el aval bancario suele pedirse por 6 meses, ya que si hay un desahucio por impago que comprende entre 6 y 8 meses, más los dos de fianza haría que el propietario estuviera cubierto.

Sin embargo también he leído que hay propietarios que pueden pedir hasta un año de aval, lo cual comentaban que era un poco abuso.

Quería saber para la renta que se me pide de 1200 euros, de cuánto tiempo ( en meses ) sería lógico que se me pidiera el aval y qué coste aproximado tendría para mí de pagar al mes.

También he leído que hay una segunda opción que podría proponer a la propietaria que es hacer un seguro de protección de alquiler. Que lo hacen compañías de seguros como Arag.

Y lo que quería saber es cuál de las dos opciones ( aval bancario y seguro de protección de alquiler ), quería saber cuál de las dos opciones es más recomendable.

O si son similares.

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El aval por un año es muy usual en contratos de alquiler de locales de negocio.

El precio del mismo, dependerá de sus circunstancias económicas, que tendrá en cuenta la entidad financiera donde lo solicite... que en algunos casos, pueden exigirle garantías para ese aval.

En cuanto al seguro, también depende de muchas circunstancias el importe a pagar, por lo que tendrá que solicitar presupuesto a varias compañías, que realizan este tipo de pólizas.

Seguramente, le resultara mas sencillo conseguir un seguro, aunque pueda parecer mas caro, que conseguir aval. Pero esto lo ha de hablar también con el propietario.

Gracias por tu respuesta.

Una duda. A nivel orientativo. Podrías decirme qué cantidad se paga al mes aproximadamente al banco por un aval bancario??

Unos 300 euros??

Y luego, lo otro que quería preguntarte es si produce los mismos efectos de protección de cara al propietario un aval bancario que un seguro de protección de alquiler.

Ya que en ambos casos el propietario está protegido en caso de impago.

Esta fórmula de los seguros de protección de alquiler se utiliza a menudo en los alquileres de locales?? o es más frecuente el aval bancario.

Los avales son caros y dependerá de muchas circunstancias el importe a pagar... pero lo mas complicado es que aportar garantías a la entidad financiera.

En cuanto a la protección al propietario, efectivamente, han de ser similares en uno y otro caso, pues se cubre el impago de por un año.

Cualquiera de las dos formulas son utilizadas.

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