¿Es legal hacer un contrato inferior a un año?

Vamos a arrendar una vivienda pero el inquilino quiere que le hagamos el contrato por 10 meses para no pagar los dos de verano, ya que no va a hacer uso de la vivienda durante estos meses.
¿Es legal hacer un contrato inferior a un año? Tenemos oído que es ilegal y el contrato no tendría valor legal.

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Se puede hacer un contrato de alquiler de 10 meses, no hay problema en ello. Sucede que este contrato será de "uso distinto a vivienda habitual" (es decir, que sería un "alquiler de temporada").
La normativa para estos arrendamientos no pone trabas al plazo de arriendo ni a las condiciones del mismo (hay lo que se denomina "libertad de pactos"). En este enlace tiene la reglamentación correspondiente (ver "Titulo III"): http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.html
Comentarle que en este tipo de contratos se ha de indicar claramente el principio y el final del mismo, así como el "domicilio permanente" del inquilino (que será otra vivienda distinta de la alquilada). Una vez pasados los 10 meses Usted recupera su propiedad y dispone plenamente de ella (para arrendarla, usarla, etc.).
En este otro enlace tiene un modelo de contrato (punto "3"): http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
Suerte.

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