¿Cómo va lo del aval para alquiler?

Después de una mala experiencia con unos inquilinos tengo que volver alquilar ya que si no lo hago no tengo de donde pagar la hipoteca ya que no tengo trabajo fijo..
Me han salido varios interesados pero ya me puse serio y dije que sin nominas no alquilo a nadie después de experiencias de alquiler y ver lo que me han echo..
Uno de los interesados es una mujer que se esta separando, según ella con negocio propio pero a nombre de la pareja con quien se esta separando y piensa pasar todo a su nombre, esta persona le gusto muchísimo pero no tiene nominas ni nada solo me dijo que aval si que me podría buscar, pero yo no se como va ese tema y como se arregla..
Otro interesado es una pareja con un niño con una discapacidad, según ellos el niño de 6 años tiene problemas y no anda, el me dice que trabaja pero con trabajos eventuales al igual que su mujer, pro también me dice que solicitaron una ayuda por el hijo con problemas y que lo tienen aprobado por la junta de andalucia algo de una subvención o algo así me dijo me dijo que la junta de andalucia pagaban a ellos y a mi una cantidad de dinero y que si algún mes ellos no podían pagar se haría cargo la junta de andalucia... ¿conoces algo sobre este tema? La verdad que no se si eso seria una garantía, ademas se tendría que empadronar y según tengo entendido cuando alguien se empadrona es difícil echarlos y menos con un niño en esas condiciones o siendo un niño menor... Aparte que yo solo estoy interesado en alquiler de arrendamiento por temporada no por vivienda habitual... ¿qué me aconsejas? La verdad que encontrar a alguien con una nomina con los tiempos que corren es muy difícil, pero como ya te dije al principio ya no confío en nadie...

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Lo más recomendable es pedir un aval bancario o contratar un seguro de alquiler. La primera opción se realiza en una entidad bancaria (estudian al cliente y "garantizan" el pago de determinada cantidad de dinero, generalmente 6 meses de renta). La segunda opción la ofrecen algunas aseguradoras, y básicamente es lo mismo que antes (estudian al cliente y ofrecen garantías hasta determinado importe).
Por cuanto al tema del niño con discapacidad, las ayudas no entran en los alquileres de temporada, son solamente aplicables a los de "vivienda habitual", por lo que no procede.
Comentarle también que el procedimiento para "echar" a un inquilino moroso es idéntico tanto si está empadronado como si no, o si tiene hijos, etc.
Consejo, alquile pidiendo cualquiera de las opciones comentadas al principio.
Suerte.

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