Alquiler

Muy buenos días.
Mi consulta es la siguiente:
He alquilado un piso en mi pueblo por medio de una agencia inmobiliaria, ¿el contrato es de 400? Al mes y otros 400 de fianza, hasta ahí va todo bien, pero luego el de la inmobiliaria ( que por cierto es primo carnal mio ) me dice que tengo que hacer un seguro que me cubre 6 meses en caso de no pagar la renta y de daños que pueda ocasionar en la vivienda, ( me han dicho que ese seguro es un seguro de impago ), lo comente con mi hermano y dijo que no se me ocurriera hacer ningún tipo de seguro ni nada de eso.
Por eso recurro a vosotros para contrastar este tema, ¿es obligatorio hacer algún tipo de seguro en mi caso o es por que el agente inmobiliario quiere ganarse unas perrillas con la póliza de seguro?.
Muchas gracias por todo.

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Dentro de los contratos de alquiler lo "mínimo obligatorio" es la fianza (los 400 euros que me comenta), pero el propietario puede pedir las garantías adicionales que estime oportunas (aval personal, depósitos en metálico, seguros de impago, etc).
Si el propietario pide como garantía un seguro de impago, es evidente que si quiere alquilar el piso habrá de hacer ese seguro, pero lo puede contratar con la compañía que quiera (no es obligatorio que lo haga en la inmobiliaria).
Consejo: hable con el propietario y vea qué es lo que pide como garantía adicional.
Muchas gracias por todo y por su rapidez en la contestación.
De todas formas hablare con el arrendador, pero en el contrato que firmamos no pone nada
Sobre ningún tipo de seguro.
Un saludo y muy agradecido.

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