Incumplimiento de contrato de alquiler

Hola. Tengo un piso alquilado por un periodo de diez meses. A los dos meses el inquilino me dice que lo deja porque ha encontrado otro más barato. En una cláusula del contrato dice textualmente "El presente contrato podrá prorrogarse de mutuo acuerdo, previo aviso de al menos 15 días de antelación a la fecha del cumplimiento. De igual forma se podrá preavisar de la voluntad de finalizar el contrato" En otra cáusula dice: " El presente se extinguirá por cumplirse el plazo establecido en el mismo para su cumplimiento. A su vez la arrendadora podrá extinguir el mismo por cualquiera de las causas establecidas por la Ley"
No se especifica penalización por incumplimiento de contrato.
¿Tengo derecho a pedirles una indemnización? ¿Puedo quedarme con la fianza de un mes que me dieron?
Gracias
Respuesta
1
Tienes derecho a demandarles por incumplimiento del plazo pactado en el contrato.
Puedes pactar con ellos que no les demandarás si llegáis a un acuerdo extrajudicial mediante el cual seas indemnizado con por cantidad (x puede ser la fianza)
Si les demandaras, podrían ser condenados a pagar los 8 meses que quedan o hasta que vuelvas a alquilar el piso. Además de a pagar las costas del juicio.
Les interesaría mucho que aceptaras quedarte con la fianza.
Por cierto si el contrato es de temporada, como parece (por lo de que quedará resuelto al cumplir el plazo establecido) la fianza obligatoria es de 2 meses.
Muchísimas gracias por tu pronta respuesta, concisión y claridad. Me has ayudado mucho. Un abrazo
Maricruz9, no olvides cerrar la pregunta.
Me alegra haberte servido de ayuda... :-)

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