Pago ibi

Buenas tardes.
Mi pregunta es la siguiente, Mi Madre vive en un piso desde el año 1962 " NO HAY CONTRATO" no existe, a partir del año 1996 el propieterio le cobra el IBI,
¿Puede hacerlo?. Gracias.

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Esto dice la Ley de Arrendamientor Urbanos en su Disposición transitoria segunda, que regula los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985
C) Otros derechos del arrendador.
10. Para las anualidades del contrato que se inicien a partir de la entrada en vigor de esta ley, el arrendador tendrá los siguientes derechos:
...
10.2. Podrá exigir del arrendatario el total importe de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponderá al inmueble arrendado
Fuente: http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Disposici%C3%B3n%20transitoria%20segunda.

Saludos - Papeleos Alquiler

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