Alquiler

Quería saber dos cosas
Llevo un año de alquiler, ¿la primera pregunta es como puedo desgravarlo de la renta y también si no estoy empadronado en la nueva dirección hay problema? El contrato de arrendamiento está a mi nombre
Por otro lado se que mi casera está encantada conmigo su piso está perfectamente cuidado y estoy pagando perfectamente, me gustaría preguntar, dado que desde hace un año los alquileres han bajado muchísimo, si podría negociar con ella una pequeña bajada del alquiler a partir de cumplir el año dado que la crisis me esta dando bastante duro y llego con dificultad a final de mes.
Muchas gracias
Un saludo y gracias de nuevo

1 respuesta

Respuesta
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Respecto a tus dos preguntas:
1.- El tema de desgravarlo en el IRPF: a la hora de confeccionar tu declaración has de aportar los recibos correspondientes al año de la declaración, y así tu gestor (o en la misma delegación de hacienda) te harán la correspondiente desgravación.
Lo de no estar empadronado en esa dirección si que es un poco más peliagudo: comprenderás que es algo irregular desgravar por un domicilio habitual y que en las propias etiquetas de Hacienda aparezca que esa NO es tu dirección habitual.
Puedes intentarlo y si en el futuro te reclaman alegar (mediante recibos de agua, luz, teléfono, etc) que realmente vivías en el piso alquilado, y que no te habías empadronado por despiste, etc.
2.- Negociar con tu casera: el no ya lo tienes, y si tienes buena relación con ella puedes tantear el terreno, pero asegúrate bien antes de que estás en lo cierto.
Te comento esto porque dependiendo de la ciudad en que se trate, lo de que "los alquileres han bajado" no es cierto. A diario escucho eso en el despacho y por más que busco y contrasto con otros compañeros... al final resulta que (al menos en Vigo) eso no ocurre, sino más bien todo lo contrario.
Podrías hacer un "estudio de campo", buscando algunos pisos similares al tuyo en la prensa e informándote de los precios y condiciones. Si realmente la diferencia de precio es tanta como indicas, tal vez consigas una negociación.
Manuel
Una excelente respuesta.
Lo que dudo es lo de hacienda. Porque yo pago mi luz y mi agua pero ambos están a nombre de la casera que es una empresa. Lo que si que tengo es el contrato de arrendamiento donde pone que es para domicilio habitual y todo eso. Y los recibos van todos al banco a mi cuenta, supongo que eso tendrá algo que ver, ¿no? Porque yo no tenía ni idea que tenia que empadronarme tengo amigos hace años que viven de alquiler y siguen empadronados en casa de sus padres.
Podría perder la bonificación esta, ¿a pesar de tener todos los recibos y el contrato de arrendamiento?
¿Más o menos a cuanto puede ascender la bonificación?
Yo pago 650 por un estudio muy pequeño en Madrid, se que hay pisos por mi zona que con 2 dormitorios están anunciando por 700 euros el alquiler en inmobiliarias. Igual me dice que no pero como tu bien dices, el no ya lo tengo. Es una mujer encantadora y no he tenido ni el más mínimo problema en todo este tiempo al contrario, te lo pone todo super fácil.
Muchísimas gracias por su ayuda
Para ser exactos en lo de la desgravación te remito al gobierno de tu comunidad autonómica. Concretamente en Galicia la cosa funciona así:
[color=#333333; font-family: Tahoma]Los contribuyentes residentes en Galicia, de edad igual o inferior a 35 años en la fecha de devengo del impuesto, pueden aplicar una deducción del 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el año por el alquiler de su vivienda habitual, con un máximo de 300 euros por contrato de arrendamiento, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que la fecha del contrato de arrendamiento sea posterior al 1 de enero de 2003.
b) Que se haya constituido el depósito de la fianza a favor del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
c) Que la base imponible, antes de aplicar las reducciones por mínimo personal y familiar, no sea superior a 22.000 euros.
Cuando, cumpliendo estos requisitos, dos contribuyentes tengan derecho a la deducción, el importe total de la misma, sin exceder del límite establecido por contrato de arrendamiento, se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.[/color]
Todo esto es para desgravar por "vivienda habitual", lo que se demuestra con los recibos (no es posible en tu caso) o con el empadronamiento. Que lo investiguen o no es ya otra cosa, pero te expones a sanciones.
Por cuanto a negociar la rebaja, puedes intentarlo. También puedes enfocarlo como que no te suba nada en un unos años, en fin, es ya algo en que el factor humano y la relación que tengas con tu casera va a pesar bastante.

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