Contrato alquiler plaza garaje

En un contrato privado para alquiler de una plaza de garaje entre dos particulares, debe efectuarse alguna regularización, ¿para qué los importes mensuales cobrados no sean considerados como "dinero negro"?
Respuesta
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Con añadirlo a los ingresos, en la declaración anual de renta del propietario/arrendador, está resuelto.
Es "negro" lo que no se declara.
Gracias por la contestación.Por lo que veo no hay lugar para el IVA, pues el arrendador no es empresa y tampoco se sujeta este tipo de arriendo a la Ley Arrendamientos Urbanos. ¿Es así?
Efectivamente. No hay IVA ni "Retención a cuenta IRPF", pues no es una actividad empresarial, ya que el arrendador es un "particular" (No tiene un "negocio" de arrendamiento de garajes), y el objeto no es un local comercial.
Aunque, SI está sujeto a esa Ley:
Si el garaje se alquila junto a la vivienda, se rige por el Titulo II, que afecta a ésta.
Si se alquila "suelto", se rige por el Titulo III (Como los locales).
Pero esta Ley no es la que regula el IVA ni el IRPF, así es que, aunque el alquiler se regule como el de un local, no tiene porqué ser igual en relación a esos impuestos.
Saludos .
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