Reparto de beneficios

Hola. He escrito el guión teatral de una novela y vamos a representar la obra de teatro. Me gustaría saber cómo se reparten los beneficios, cual es el porcentaje para director, guionista y en este caso cual sería también para el autor de la novela en la que me he basado para escribir el guión u obra dramática, así como para actores y demás profesionales. Aunque supongo que no hay porcentajes fijos, pero ¿puede darme alguna aproximación sobre todo para guionista, director y autor de la novela?. Gracias.

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Primero te voy a dar una respuesta "oficial", que sería la que
se corresponde con muchas convenciones y hábitos.
Te presento el esquema clásico donde el autor es ajeno a las
compañías:
1.- Le pides al novelista el derecho de adaptación teatral y negocias
una cifra a tanto alzado para pagarle. Le pagas o le ofreces
alguna compensación.
2.- Creas la adaptación teatral, te haces miembro de la sociedad de
autores, registras la obra.
3.- La compañía que vaya a montar esa obra te pide los derechos; tú se
los otorgas remitiéndolos a la sociedad de autores.
4.- Una vez montada la obra, la sociedad de autores recauda con
frecuencia un 10% por derechos de autor de los ingresos de
taquilla o de caché de cada función, habitualmente con un mínimo
fijo.
5.- Una vez al año, la sociedad de autores te liquida lo que te
corresponda (que no es todo el importe, pues ellos se quedan con
una parte).
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Fíjate que no escribo "SGAE", porque no sé desde dónde me estás
escribiendo y este esquema no es sólo de España. Casi todos los
países hispanos y latinos lo tienen.
Este sistema tiene sus ventajas y sus inconvenientes.
Ventajas:
-- El autor se ahorra muchos esfuerzos y preocupaciones de gestión
económica y se centra en lo creativo.
-- Las sociedades puede que tengan planes de compensación y protección
para los autores en determinadas circunstancias, etc.
Entre las desventajas:
-- La inclusión de intermediarios a veces estropea las cosas, debido
quizás a una escasa flexibilidad para estudiar cada caso concreto.
-- Algunas sociedades de autores se preocupan poco por lo teatral,
pues genera menos dinero.
-- Algunas son muy burocráticas en los trámites teatrales, etc.
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Otro esquema, cada vez más común:
El autor es casi casi parte integrante del colectivo productor:
En este caso, si renuncias a tus derechos de explotación gestionados a
la clásica, entonces el acuerdo económico puede ser cualquiera: puedes
llegar a acuerdos en porcentajes de ingresos, o en salario fijo
durante el tiempo de vigencia del espectáculo, o un tanto fijo
definitivo que te paguen de una o de varias veces.
Todo depende del nivel y prospección que haga la entidad productora.
Las hay que disponen de teatro comercial propio y ya saben que cuentan
con unos mínimos. Los hay que reciben subvenciones por cada montaje y
saben cuánto suelen recibir. También hay compañías arriesgadas y casi
independientes que no pueden prever nada de lo económico de antemano.
Dependiendo del caso, te puede interesar más la vía de los
porcentajes, o la del salario, o la del tanto fijo pre-negociado.
En el caso de los porcentajes, hay compañías independientes que son
muy igualitarias y cada componente recibe el mismo porcentaje, y se
distribuyen los trabajos.
En otras los directores (o los primeros actores) tienen un porcentaje
superior.
He visto y participado en todas estas variantes. En todo caso, ante
las dudas, el autor siempre tiene esa referencia del 10% (que no es
obligatoria, un autor de fama puede exigir porcentajes más altos).
Habría que ver qué tipo de compañía y de espectáculo tienes en mente, en calidad de qué está registrada, etc., para deducir los costes estructurales y ver lo que puede quedar.
Muchas gracias horconbg por tu rápida respuesta.Te aclaro algunos puntos que no te dije. Vivo en Palma de Mallorca y escribí el guión teatral porque la autora de la novela me lo encargó porque quería representarla en teatro(le hice muchos cambios y agregué nuevas situaciones y personajes) (le gustó mucho y me ofreció pagarme el trabajo aunque luego no lo hizo y además me lo plagió en Bubok, pero eso es otra historia) Al final accedió a darme la autorización para que lo registrara a mi nombre en el registro de la Propiedad intelectual, previo convenio de su abogado donde se decía que la autora de la novela recibiría los beneficios que le correspondieran por la representación de la obra.Lo registré como obra dramática de unos 60 o 70 minutos de duración. Seguramente introduciremos algo de música y danza
-En la SGAE me dijeron que hasta que no hiciera la representación no podría ser miembro.
  -No tenemos una productora. En realidad, la directora y yo seremos las que se encarguen de todo. La directora dice que habría que hacer un documento sobre condiciones sobre todo para no volver a tener problemas con la autora. De ahí mi pregunta sobre porcentajes. Por ejemplo ¿tendríamos el mismo porcentaje la autora de la novela, la directora y yo?
De cualquier forma tendré en cuenta tu respuesta, pero si con esto te he aportado datos para que pudieras concretarme algo más te lo agradecería. Muchas gracias y un saludo
Carolina, eso son temas legales en donde parece que ha habido desencuentros. No hay nada en este mundo que no se pueda negociar, pero está claro que ustedes dos (autora de la novela y adaptadora teatral) ya han tenido diferencias.
La Sgae lo que dice es que hay que consignar claramente el "porcentaje de participación en los derechos" que le corresponde al adaptador
http://www.sgae.es/portal/es/sgae/65987
... y no sé qué es lo que firmaste con ese abogado.
Habiendo firmas con abogados de por medio, te sugiero que te hagas con los servicios de alguno que entienda bien de derechos de autor, explotación, etc.
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En esta situación, te sugiero que saques por completo el tema de los derechos de autor del proceso de montaje y estreno de la obra. Es decir, desdóblate y firma la autorización para el montaje. Lo mejor será que rellenen y entreguen los estadillos después de cada actuación y la novelista original y tú obtengan los ingresos correspondientes en su momento.
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En cuanto a la compañía, si vas a tener un puesto en la producción, ya sea como regidora o en alguna actividad organizativa (o incluso artística no literaria), está bien que firmen un convenio privado aquellas personas que van a participar, declarando las actividades de cada uno y señalando los porcentajes de cada cual y cómo y quién decide que se están cumpliendo los acuerdos.
Fíjate que en este caso ya no se tienen que preocupar para nada de los derechos de autor, simplemente deducir ese 10% de los ingresos como gasto y ya está. Si no son muchos los participantes, les sugiero que hagan una división igualitaria, donde por ejemplo el tercer actor, si no tiene tanto trabajo como el primero, pues realice actividades administrativas para compensar, o de fabricación de elementos, etc.
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Muchas gracias por contestarme de nuevo. Intentaré llevar a cabo en lo posible lo que me comentas aunque no todo me queda claro como lo que dices que me desdoble ¿? Y firme la autorización ¿? Y que se rellenen los estadillos después de la actuación y que la autora de la novela y yo ya obtendremos los beneficios en su momento. ¿No sería mejor dejarlo todo aclarado desde un principio antes de montar la obra y representarla? Bueno, es igual, no te preocupes, tampoco quiero ser pesada. Con las indicaciones que me has dado me has ayudado mucho y me servirán. Te lo agradezco de corazón. Un saludo.

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