Denunciado por tener aparcado un vehículo dado de baja temporal en la calle

Me han denunciado por tener estacionado un vehículo en la vía pública, en una poblacion, lo saque del garaje para hacer obra, y me ha llegado una multa de la Guardia Civil de Trafico, que según el Reglamento General de vehículos, en articulo 1.2, que me pone, (Circular con el vehículo reseñado sin aver obtenido, previamente, la autorización administrativa correspondiente, vehículo de baja temporal desde 00/00/0000.

Mi pregunta es porque pone CIRCULAR si esta ESTACIONADO. Esta bien hecha esa denuncia, y si la puedo reclamar.

2 respuestas

Respuesta

A mi me pasó peor: coche pagando el impuesto municipal todos los años, y teniendo seguro, me multaron por tenerlo dos meses estacionado delante de mi casa, en una urbanización alejada del pueblo y sin estorbar a nadie. Visto esto puede esperarse cualquier cosa en materia de “tránsito”. No te digo que no recurras la multa pero, para empezar, págala.

Respuesta

Con estos temas hay controversia, hay quien dice que si el vehículo ha llegado a ese lugar, es que ha circulado, y esa es la realidad, a no ser que lo hayas llevado en una grúa.

Realmente el agente debería de certificar que te ha visto circular.

Puedes recurrir, pero pierdes la posibilidad de pagar la mitad.

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