Quitar valla metalica y construir muro en medianera

El año pasado en Agosto de 2022 compré una vivienda unifamiliar adosada que esta ubicada en un residencial que no tiene comunidad de propietarios constituida.
Por una de las partes de nuestro adosado (derecha) tenemos un inmueble deshabitado propiedad de un banco, y por la parte izquierda, tenemos otra vivienda en la cual hay unos vecinos extranjeros, el inmueble de estos vecinos es su residencia de vacaciones, cuando compramos nosotros nuestro inmueble, conocimos a estas personas y nos dejaron un número de telefono extranjero, para que en caso de necesitar comunicarnos con ellos, pudieramos hacerlos, ya que 10 de los 12 meses del año no estan residiendo aqui, si no en su país de origen.
La cuestión, es que entre su vivienda y la nuestra hay dos pasillos laterales, el mio y el suyo, delimitados por una valla metálica medianera erigida sobre unos bloques de hormigon de 25 centímetros de grosor los cuales fueron puestos en ese lugar para delimitar las parcelas.
Nosotros, cuando los conocimos, les dijimos verbalmente (no por escrito) que nuestra intención a futuro (ya que en el momento de la compra del inmueble no teníamos fondos para sufragar esto) era quitar esa valla metálica y construir un muro de 2 metros de altura (160cm de bloques de hormigón del mismo grosor original de los bloques de hormigon de la medianera y 40 centímetros de celosía hasta los 2 metros) a lo cual, de forma verbal no pusieron ningún tipo de inconveniente al respecto y nos comentaron que les parecía bien, sin añadir nada mas, yo además, les comenté que no tendrían que hacerse responsables ni del coste del mismo ni del coste del mantenimiento del mismo, ellos asintieron y el asunto quedó ahí.
Ha llegado 2023 y hemos conseguido los fondos para sufragar esta obra, hemos pedido el correspondiente permiso de obra para ejecutar esta obra, pagando las tasas y respecto al Ayuntamiento todo esta en orden.
Ellos estuvieron recientemente en su casa el mes pasado durante dos semanas, y 1 mes antes de empezar la obra, quise contactar con ellos presencialmente, fui a su casa cuando estaban llamé al timbre durante dos días estando ellos dentro y no obtuve ningún tipo de respuesta, literalmente perdí el tiempo intentando contactar con ellos, pensé que pudieran no escuchar, o estar ocupados ya que no tienen obligación de abrir la puerta si alguien llama, y llamé al número de telefono que ellos me habían dado para poder concertar una reunión para avisarles al respecto 4 veces y tampoco obtuve ningún tipo de respuesta, o me colgaron el telefono o simplemente sonaba.
Al no poder contactar con ellos de ninguna forma, las obras han comenzado con la autorización del Ayuntamiento y mi correspondiente permiso de obra concedido y en vigor.
Hay unos vecinos también de la misma nacionalidad en la misma calle, que al parecer si que tienen contacto con ellos y al parecer, les han comunicado a estos vecinos, que no tienen problema en que construyamos el muro medianero, pero que les tenemos que además, pintar el muro del color que ellos elijan para que quede acorde a como ellos tienen pintada la casa.
He de decir, que el muro no se iba a quedar sin lucir ni feo por su parte, es un muro cara-vista, el cual estará igual de lucido por ambas partes, sin embargo, estos vecinos que estan en comunicación con ellos nos dicen que si no se lo pintamos en el color que ellos deseen, que no van a aceptar que construyamos el muro, como que si no cedemos ante un chantaje y sufragamos también la pintura o el color, no quieren el muro, y he de decir, que ellos ya habían pintado y adornado esa valla medianera con una tela de color verde, sin ningún tipo de consentimiento por nuestra parte además de un pilar que sirve de sujeción para las vallas, también del mismo color, no solo su mitad, si no el pilar entero.
Hemos consultado con un abogado y con varias personas, además de revisar el Código Civil de los articulos 571 al 579 y según reza en los articulos, no necesitamos de su aprobación o consentimiento para construir el muro, y el Ayuntamiento (Urbanismo) nos ha comentado que ellos en este asunto no se meten ya que no les corresponde, lo cual evidentemente, ya sabemos, y repito que como es lógico, al no querer ellos o no poder sufragarlo, lo hagamos nosotros y que el muro medianero sea de nuestra propiedad y en caso de querer usarlo, que ellos paguen la mitad del coste del mismo.
La pregunta nuestra es, ¿podría haber problemas con estos vecinos? ¿Hay jurisprudencia al respecto?
Como digo, es de nuestra buena fé el llevarnos bien con ellos, además nosotros no tendríamos problemas incluso en que pudieran usar el muro y en ningún caso creemos que sería ideal acudir a los tribunales, cosa que como residentes permanentes no tenemos problema en hacerlos, ellos serían al fin y al cabo los que perderían ya que tendrían que desplazarse desde su país de origen para los Juicios en caso de haberlos y en caso de perder, hacerse cargo de los costes además de que nosotros con pruebas gráficas, mostrar que la valla medianera la habían adornado y pintado a su gusto sin consultar además del pilar, antes de que nosotros construyeramos el muro.

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La respuesta a su problema requiere de más información. Dice usted que no tienen constituida la comunidad. Eso hace suponer que están en régimen de propiedad horizontal, aunque no hayan formalizado la Comunidad de Propietarios. Si esto es así, usted no puede levantar un muro de separación con el vecino de un lado, ni con licencia municipal, ni con el consentimiento verbal de ese vecino, ni con su consentimiento por escrito. Si es cierto que son una Comunidad, necesita el consentimiento de la Junta de Propietarios y por mayoría de las 3/5 partes. No es un mero asunto de medianería, ni de quién paga la obra, ni de cómo son los acabados de la pared.

Asegúrese de si es una Comunidad, aunque no esté constituida. Y si lo es, yo le recomiendo que no levante el muro. Podría tener problemas y verse obligado a deshacer la obra.

Ahora leo sus últimas intervenciones y hable de "parcelas" y de "límites de cada propiedad". Si son parcelas segregadas (propiedades independientes), entonces no habría Comunidad de Propietarios.

Al margen del tema de la constitución, puede existir comunidad si comparten elementos comunes, como el suelo (parcela única no segregada).

Es fundamental aclarar este punto. Sin conocer este dato básico, no se le puede dar una respuesta a su consulta.

Hola Poli Plos,
Muchísimas gracias por la respuesta de antemano, si sirve de aclaración, mi inmueble se encuentra en el interior de Alicante
No hay constituida ningún tipo de comunidad de propietarios a ningún efecto, con no hay una comunidad constituida me refería mas bien, a que directamente no la hay y que los elementos comunes que hay simplemente son los que la promotora construyó en su momento y nadie los mantiene y en caso de fuerza mayor, lo hace el Ayuntamiento (y lo hace únicamente para mantener cierta vegetación a ralla para que no puedan haber incendios en las épocas de mucho calor como Verano), que es la información que el Ayuntamiento y el Notario al comprar el inmueble nos dió, por lo tanto, si, estamos en régimen de propiedad horizontal, en ese caso, si ni con licencia municipal, ni con consentimiento verbal ni por escrito se puede hacer, ¿como se puede hacer? ¿no es el código civil en los articulos del 571 al 579 el que regularía en este caso que se pueda o que no se pueda alzar la medianera?
Este residencial fue uno de tantos que durante el boom inmobiliario se construyeron y antes de acabar de ser construido, la promotora quebró, la mitad de las casas son ruinosas y ni siquiera se han terminado, pero las casas que si estaban en condiciones para venderse, fueron adquiridas por diferentes fondos o bancos que fueron vendiendo estas casas, entre las que se encuentra por ejemplo, mi casa, y núnca se llegaron a constituir comunidad de propietarios ni a existir, a día de hoy, sigue en este estado, y los pocos elementos comunes que hay, como una piscina a construir, vallas y demás estan en estado ruinoso y nadie se hace cargo economicamente de estos, y han pasado mas de 15-17 años, la situación no va a cambiar, ya que a día de hoy, siguen habiendo muchísimas casas por construir, probablemente 2/4 partes del residencial sigue en ruinas.
En la urbanización hay muchas personas que han hecho obras similares sin ningún tipo de problema, llegando probablemente a acuerdos amistosos entre las partes, pero definitivamente, hay vecinos que han alzado muros medianeros de separación, alzado sus casas, muchos sin licencia del Ayuntamiento, en nuestro caso, nosotros hemos querido desde el minuto cero hacerlo todo de forma legal.
¿Tengo yo que quedarme sin construir un muro en la medianera porque estos extranjeros no quieran si no les pintamos del color que quieren su lado del muro cuando es evidente que se trata de una preferencia personal de ellos?
Las dudas reales que tenemos, que son las mismas que pregunto en mi post inicial añadiendo, 
¿puede haber algún problema al respecto a futuro con el vecino? ¿Puede celebrarse un juicio por esto? Entiendo que es un juicio por lo social y en torno al Código Civil en los articulos 571 a 579 y que esto tendría comprobarlo un perito ¿quien pagaría el perito, la parte que no quiere el muro? ¿Si en algún caso ganan el juicio estos vecinos que son los que no quieren, tendría que indemnizarlos en cuanto a la proporción de la medianera que he ocupado que es de 12,5cms x la longitud del muro? ¿En ese caso, y al ser indemnizada, se daría el asunto por zanjado y no tendría ningún tipo de derecho sobre la medianera?

Añado, si cabe, la única información disponible en la escritura de mi vivienda redactada y firmada ante notario:
GASTOS DE COMUNIDAD:-----------------------------------------------
La parte Vendedora manifiesta que la comunidad de propietarios no está constituida, no obstante, lo anterior, si existiera algún importe pendiente pago devengado con anterioridad al presente otorgamiento, y que sea legalmente exigible a la Vendedora, será asumido por ésta.

La escritura lo deja claro. Son ustedes una Comunidad de Propietarios. Por tanto, al margen de que nunca la hayan constituido, se rigen por la Ley de la Propiedad Horizontal. Y, como consecuencia, necesitan de permiso comunitario para poder levantar ese muro. En caso contrario, podrían tener problemas no sólo con el vecino colindante, sino con todos los demás.

Esto es lo que dice la ley: No se pueden alterar elementos comunes sin el consentimiento de la Comunidad (la Junta de Propietarios). Y eso incluye la estética del conjunto.

Ahora bien, que ustedes no ven el problema porque cada uno ha hecho lo que ha querido, porque muchos han levantado muros, etc., pues adelante. Pero olvídense de la medianería y de las disputas particulares con el vecino. Para empezar, ese muro no separa dos propiedades, como usted indicaba, si la parcela es única. Revise el catastro y verá que hay una única parcela.

Hemos hablado con todos los vecinos previamente, ninguno de ellos se ha opuesto a la obra que pretendemos realizar y la única objeción que ha habido ha sido en referencia al color que los vecinos quieren en su lado del muro medianero, ya que en el muro que se encuentra en el otro lado no hay vecino como tal, y por delante da a una via de salida y nosotros no hemos construido sobre esa via si no dentro de nuestra linde frontalmente, de ser todo una misma parcela, mi pregunta es, ¿porque hay delimitaciones entonces y vallado en los lados de cada parcela si todo es común y se trata todo de una misma parcela global? ¿porque otros tienen muros alzados? ¿y porque los que tienen muros alzados no han tenido problemas en hacerlo?
En la escritura reza "le corresponde el uso y disfrute permanente, exclusive y excluyente de la porción de terreno que lo circunda"


La parcela esta identificada como 01, las lineas negras es lo que yo voy a efectuar como obra, únicamente tengo vecino por el lado derecho, es la línea negra que he resaltado con un rojo, ese sería el vecino con el que tendría el problema en caso de negarme a pagarle la pintura de su muro.

Que sea una única parcela no quiere decir que, en ese terreno compartido, no se puedan delimitar zonas comunes de uso privativo. Usted tiene un jardín que es comunitario, pero que sólo usted puede usar. Pero sigue siendo comunitario, igual que las paredes que delimitan cada "parcela" (y lo pongo entre comillas para que no le lleve a confusión).

Que lo haya hablado con los vecinos y no le pongan pegas tampoco es una garantía. Las palabras se las lleva el viento. En una Comunidad, lo que vale son los acuerdos de la Junta de Propietarios.

En definitiva, que no les basta con la licencia del Ayto., ni con las conversaciones con los vecinos. Todo lo que han hecho en su vecindario y lo que van a hacer ustedes es irregular y podría ocasionarles problemas legales.

Por tanto, sinceramente, si va a construir ese muro, me pregunto si no vale la pena que ceda y pinte del color que quiere el vecino. A usted no le va a suponer un sobrecoste (apreciable) y así lo tendrá contento.

De acuerdo, he llegado casi a la misma conclusión, realmente de toda esa parcela solo somos 3 propietarios reales con titulo de propiedad el resto viven de alquiler, tendré que pintar su parte de ese color y ceder para que no haya problemas a futuro, muchas gracias por las rápidas respuestas y las aclaraciones, muy apreciadas.

Poli Plos disculpe que le mencione nuevamente y como última pregunta, dado que usted me ha comentado que con 3/5 partes de las personas que conforman la comunidad dejen por escrito en un acta dando su autorización y acordando que estan conformes con la reforma, un documento por escrito donde firmen, dejando su numero de DNI y autorizando esto, ¿sería suficiente para que el vecino que tengo al lado no pudiera oponerse a esto y no tener la necesidad de pintar su parte?
Por lo que me consta, en la parcela donde esta la comunidad de propietarios de la cual formamos, somos aproximadamente 10 propietarios, 3/5 partes serían 6 propietarios que deberian de estar de acuerdo con la obra que vamos a efectuar, dada la LPH, ¿legalmente hablando, estaría todo correcto?
Gracias de antemano.

Entendiendo que 6 personas de 10 son una mayoría que están a favor, por supuesto, ya he contactado con mi abogado que coincide con lo que dice usted, y que comenta que con un acta de autorización de obras en elementos comunes de uso privativo con que 3/5 partes autoricen esto, sería suficiente.

Me temo que no. Si hiciera eso, seguramente iría en su beneficio, pero seguiría sin ser lo establecido legalmente. En una comunidad, los acuerdos se toman en junta de propietarios. No basta con recoger firmas de puerta en puerta.

Estrictamente, deberían formalizar la comunidad, nombrar cargos, celebrar juntas, redactar actas, etc. Eso es lo que hacen las comunidades. La LPH no prevé otra forma de adoptar acuerdos.

Poli Plos Ellos realizaron una obra previamente (los vecinos con que quieren que les pinte el muro) en la cual, pusieron una puerta de hierro macizo, pusieron grava en la superficie con piedras, hicieron una jardinera y accedieron también a mi parcela a pintar el pilar que hay entre su casa y la mía, es decir, su zona común de uso privativo fue reformada y mi zona común de uso privativo fue pintada con un color de su elección, entiendo pues, que esa reforma es ilícita a todos los efectos ya que no contó con la autorización del resto de propietarios en una junta y que podría tomar las medidas legales que estime oportunas, ¿es así?

Depende del tiempo que lleve hecha esa obra.

Hace menos de 5 años, en 2020 según me han informado, es decir, 3 años.

En ese caso, se les podría reclamar, en efecto, por la realización de obras no consentidas.

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No tiene porque haber una comunidad de propietarios. Estamos hablando de una vivienda unifamiliar en una urbanización. En todo caso, rigen las normativas del ayuntamiento. Preguntadles a ellos qué es lo que podéis hacer.

Muchas gracias, ya hablé con el Ayuntamiento, la duda que todavía nos queda, ¿puede haber algún problema al respecto a futuro con el vecino? ¿Si en algún caso gana el juicio, tendría que indemnizarlo en cuanto a la proporción de la medianera que he ocupado que es de 12,5cms x la longitud del muro? ¿En ese caso, y al ser indemnizada, se daría el asunto por zanjado y no tendría ningún tipo de derecho sobre la medianera?
Son dudas que me surgen en el peor de los casos, ya que como ya dije, nosotros antes preferímos llegar a un acuerdo amistoso entre las dos partes, que la medianera sea a medias, pero claro, estos no quieren, entonces tenemos que pagarlo nosotros y también con los gastos de mantenimiento, lo mínimo sería que no se quejen ya que su lado también va enfoscado y lucido y si no estan a malas con nosotros, no vamos a tener problema en que ellos pinten su lado del color que quieran o que puedan colocar cosas si lo necesitan sobre el muro.

Si cabe más añado, que estas vallas medianeras que había inicialmente entre las propiedades y los bloques de hormigón fueron construidos por la promotora original, hay claras delimitaciones visuales lineales en cada parcela y se puede ver a simple vista cuales son los limites de cada propiedad.

Para evitarte problemas construye tu muro en tu linde.

Ah! Y no quites la valla metálica.

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Si ya te otorgaron el permiso por parte del ayuntamiento no necesitas el permiso de tus vecinos, si tu se los comentaste a ellos fue por atención pero no requieres de su autorización, por lo que no podrán hacer nada en tu contra y si lo hacen no procederá

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Poli Plos y anónimo son la misma persona y esa persona es pequeña pero como dicen en mi tierra es fol de veneno, ojo que inventa preguntas y las contesta con varios perfiles, como es diabólica poco podemos hacer, a mi no me afecta porque ya se quien és, ahora Poli Plos donde están tus puntos.

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