¿ Como resolver el derecho a vuelo en una vivienda?

En la herencia de una vivienda se concede a una de las partes el derecho a vuelo cuyo titular podría edificar una vivienda teniendo pleno dominio.

Una vez edificada la vivienda de arriba se procede a realizar la división horizontal de la misma, pero el PGOU del municipio no permite tener dos viviendas en esa zona porque es zona de viviendas unifamiliares.

Toda la parte construida no se ha escriturado aún porque se pensaba hacer dos escrituras nuevas de las viviendas, pero viendo la imposibilidad por el PGOU. Mi pregunta es, ¿Qué tendríamos que hacer para que la parte que construyó la vivienda arriba tenga su derecho de vuelo y edificación reconocida legalmente?

2 respuestas

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Una obra así requiere de un proyecto hecho por un arquitecto, permisos y un largometcétera. Por lo que dices el ayuntamiento se niega a concedértelo. No entiendo qué es lo que pretendes.

Buenos días. 

Sí, está todo hecho con todos los permisos del ayuntamiento, proyecto de arquitecto, pero todo lo construido y las licencias son para ampliación de la vivienda original (todo legal pero sin escriturar). La pregunta es, si una vez construido arriba (entiendo que ese vuelo que venia recogido en la herencia y que tenía gravada la vivienda...) habría que formalizarlo de alguna manera. No sé si habría que hacer una nueva escritura con lo construido y meter a la heredera con derecho a vuelo en los porcentajes correspondientes de lo construido o hacer otras gestiones para poder formalizar ese derecho. Muchas gracias. Un saludo.


Buenos días. 

Sí, está todo hecho con todos los permisos del ayuntamiento, proyecto de arquitecto, pero todo lo construido y las licencias son para ampliación de la vivienda original (todo legal pero sin escriturar). La pregunta es, si una vez construido arriba (entiendo que ese vuelo que venia recogido en la herencia y que tenía gravada la vivienda...) habría que formalizarlo de alguna manera. No sé si habría que hacer una nueva escritura con lo construido y meter a la heredera con derecho a vuelo en los porcentajes correspondientes de lo construido o hacer otras gestiones para poder formalizar ese derecho. Muchas gracias. Un saludo.

Por descontadi que hay que hacer una nueva escritura. El notario os aconsejará.

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Como ha dicho el profesor, si no se pueden escriturar dos viviendas, acudan al notario para ver si se puede hacer un proindiviso de todo, en el que tenga entrada la que ha construido nueva planta, ejerciendo su derecho al vuelo.

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