Cualquier persona puede ejercer la usucapión?

Nos estamos planteando ejercer el derecho de usucapión, sobre una vivienda adosada a la de mis suegros que está generando problemas debido a la que "dueña' falleció y los herederos rechazaron la herencia. A dia de hoy no tiene dueños, porque ni el Ayto del pueblo, ni el estado se hacen cargo tampoco. Podemos ejercer el derecho a usucapión sobre la vivienda aunque dispongamos de vivienda propia??? O solo pueden ejercer ese derecho los que no tienen propiedades??

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Podéis okupar la vivienda, habitarla pacíficamente, y si nadie os protesta, en 30 años habréis adquirido la propiedad

Buenas tardes. Sigo dándole vueltas a ocupar legalmente la vivienda anteriormente mencionada. Me he puesto en contacto con el Subdirector General del Patrimonio de Hacienda, preguntándole, q como esa vivienda ruinosa no tiene dueños, si pasa a ser del estado o no. Para saber a quién hay que reclamarle los desperfectos que ocasiona esa vivienda abandonada. En su respuesta me dice que tng q ponerme en contacto con el Departamente de Economía y Hacienda de Burgos. Me pongo en contacto y le me comento lo mismo (hago un copia pega) y me responde q para q el Estado sea el Heredero abintestato, he de aportar una serie de documentacion que me es imposible de conseguir, como por ejemplo, certificado de fallecimiento, las últimas voluntades, el rechazo de la herencia por parte de los herederos..... imposible. También solicite una copia simple al registro de la propiedad para saber el estado de la misma y la respuesta es que no existe tal vivienda. Entonces, sabiendo que la vivienda no es de nadie, que está abandonada, entiendo que puedo ocuparla legalmente (usucapión) aunque no sea para vivienda habitual, sino para fines de semanas y veranos, e ir arreglandola poco a poco para que no perjudique más a la vivienda adosada. (La de mis suegros, en la que me alojo los fines de semana y veranos). La fallecida cuando ingresó en la residencia dio de baja los suministros de luz y agua. Como puedo darlos de alta sin escrituras ni contrato de alquiler? Entiendo que estaría ejerciendo la usucapión de buena fe, verdad? Y por ejemplo, supongamos que la vecina de al lado me denuncia por "ocupar" la vivienda,  que podría pasarnos? Espero resuelva mis dudas. Muchas gracias. Saludos. 

En contra de tu opinión, ocupar una vivienda nunca puede ser legal, con lo cual no se va a ser nada fácil darte de alta de agua, de luz, ….

Tu usucapión nunca será de buena fe, porque reconoces que no es tuya la vivienda, solo en esos casos es con buena fé

Solo está legitimado para denunciar el legítimo propietario, no un vecino

Gracias por la pronta respuesta. 

Esa vivienda no es "nuestra" moralmente, en su día esa casa que ahora está abandonada, pertenecia a la de mis suegros, que por cambios de tierras, cereales y cosas que se hacían antaño, todo de palabra, se cedió esa parrte de la vivienda (trueque). Puesto que la primera "dueña" que vivió en la casa abandonada era la hermana de la abuela de mi suegro (familia)  La casa del vecino, la de mis suegros la abandonada y el garaje de mis suegros forman una "U" estando el jardin, que pertenece al garaje en medio, dejando un camino en forma de "L" (invertida) que era el acceso a cada vivienda. Cuando la mujer murió ("ultima propietaria" casa abandonada, que era prima de la madre de.mi suegro)  el ayto dio permiso al vecino a cerrar ese camino dejandonos "sin acceso" a nosotros y a la casa abandonada. Nosotros podemos acceder por nuestro garaje a nuestra vivienda. Pero la casa abandonada no tiene ningún tipo de acceso. (excepto por nuestro garaje) y obviamente x ahí no va a acceder ningún tercero (nunca ha sido paso de servidumbre, en cambio el camino ahora bajado si). Por eso digo lo de.ejercer usucapión. Porque aunque moralmente sé que no es nuestra debido a los truques de antaño, al no estar registrada en ningun lado, si tiramos de arbol genealógico mi suegro y mi marido son familiares. De hecho para que el Estado sea heredero abistestato, ha de ponerse en contacto con todos los herederos hasta 4* grado. Mi suegro es de 3* y mi marido de 4* por lo tanto, les correspodería la vivienda. Si no "ocupo" esa vivienda abandonada para adecentarla un poco, quién se hace responsable de los desperfectos que causa? El estado no, el ayto no, los dueños tampoco xq no tiene.... 

Te puedes meter, puedes gastarte lo que quieras, vas a tener problemas para dar de alta la luz y el agua. No vas a tener escritura …..…. Por lo que dices, nadie va a discutirte la posesión, ni te va a denunciar

Tu veras si te compensa las molestias

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Yo lo hice, con el paso del tiempo, haciendo uso de la finca de forma notoria y publica, al cabo del tiempo que la ley determine y mediante expediente de domninio en información poblica ante el ayuntamiento, se adquieere la propiedad

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