Mi padre murió sin testamento, mi madre con testamento

Cuando murió mi padre no se repartieron los bienes, los administró mi madre y nadie le pidió nada. Ahora ha muerto ella, con testamento. Se ha hecho declaración de herederos y se han pagado los impuestos con dinero que ella tenia. Ahora mis hermanos no reparten los bienes, dicen que todo es de todos. Mi madre repartió en el testamento sus bienes y los de mi padre, no se si esto puede ser. Me han dicho que hay que repartir primero los bienes de mi padre, que eran gananciales con mi madre, aunque ella siendo viuda compró otras cosas que se supone eran de ella sola. En su testamento hace tres partes, pero no son iguales, y tampoco se si puede disponer de los bienes de mi padre o no, para hacer el reparto. A mi lo que me deja son propiedades que adquirió siendo viuda. Y a mis hermanos lo que adquirió estando casada con mi padre. No se si esto es correcto. Y como puedo hacer para que mis hermanos repartan los bienes, que hasta ahora no han querido hacerlo.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie y ayude con su caso concreto. Las herencias son complejas. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Ustedes tienen que tramitar dos herencias, aunque pueda hacerse en el mismo documento de adjudicación.

Primero se hace la disolución de la sociedad ganancial de sus padres, es decir, de lo que tenían en común la herencia de su padre es el 50% más los posibles bienes privativos (solo de su padre), esta herencia se ha de adjudicar a partes iguales, correspondiendo a su madre la parte de usufructo de viuda conforme a la edad que tenia cuando falleció su padre.

La parte de su madre, se ha de hacer conforme a testamento, siempre que se respeten las legitimas de los herederos. Incluido el usufructo que se cancela de la parte de la herencia de su padre. Es muy habitual realizar compensaciones en estos casos, para cumplir con la legislación.

Al hacer la escritura de adjudicación de la herencia (de las dos), finalmente cada uno sabrá de que es propietario o el porcentaje de propiedad que le corresponde... pudiendo disponer de ello una vez inscrito en el registro de la propiedad en el caso de los inmuebles.

Si sus hermanos no hacen la escritura de adjudicación su abogado le ayudara con los tramites para iniciar el procedimiento correspondiente.

Es que si partimos los bienes de mi padre que no hizo testamento, y después los de mi madre que si hizo, resultaría que a mi me adjudicarian la mayor parte de los bienes de mi madre ( lo que adquirió siendo viuda) y también tendría la sexta parte de los bienes que dejó a mis hermanos, que sería lo que me corresponde  por la parte de mi padre. Pues sería un lio.

Donde me puedo dirigir a preguntar todo esto, ¿un abogado normal valdría?

Las herencias son complejas y como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un abogado especializado. Si lo desea puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Legalmente se ha de hacer como le hemos dicho, pero hay que estudiar posible legislación autonómica (si la hay) para ver si el testamento de su madre es conforme a ley. Su madre no puede dejar en herencia lo que no era suyo, solo su parte de masa hereditaria de los bienes que fueran privativos, la parte ganancial que le correspondiera de su padre y el usufructo.

Y los herederos, dentro de los limites que marca la ley pueden acordar compensaciones para que el reparto sea algo coherente... Normalmente se heredan porcentajes de participaciones indivisas de los bienes, pero eso se puede ajustar en el reparto, para intentar adjudicar bienes completos y compensar con otros bienes en determinados casos.

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