Herencia para la nieta con padre fallecido

Al fallecer mi padre hicimos declaración de herederos, mi madre se quedo con el usufructo de todo, mi hermano y yo tenemos una parte pero sin coger nada. Hace 1 mes, mi hermano falleció y tengo 3 preguntas:

1.- ¿Puede reclamar mi cuñada la parte que le corresponde a mi hermano? Teniendo el usufructo mi madre.

2.- Cuando fallezca mi madre, ¿tiene derecho a herencia mi sobrina, la nieta de mi madre?

3.- ¿Mi madre o yo tenemos que gestionar algún documento al tener una declaración de herederos (de mi padre) el cual esta mi hermano fallecido?

1 respuesta

Respuesta

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie y ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Hay que estudiar su caso particular, si tienen declaración de herederos, entendemos que no hay testamento. Pero solo la declaración de herederos no sirve, hay que hacer la adjudicación de la herencia, conforme a ley, liquidando los correspondientes impuestos de la herencia de su padre. Puede que esto lo tengan hecho, pero no queda claro en su pregunta o tendrán que hacerlo ahora, siendo sus sobrinos los herederos en sustitución de su padre fallecido.

Ahora, al fallecer su hermano, sus bienes, incluidos los de la herencia de su padre, pasaran a sus herederos, teniendo en cuenta que los bienes de la herencias son privativos y por lo tanto, en principio pasan a sus sobrinos. Pero ellos han de hacer la declaración de herederos y la adjudicación de la herencia, incluyendo los bienes de la herencia anterior. Y posiblemente, su cuñada tendrá un usufructo de viuda, pero hay que estudiar si hay testamento y la legislación de sucesiones de su comunidad autónoma.

Efectivamente, cuando fallezca su madre, sus sobrinos serán los herederos, en sustitución de su padre.

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