Derrama por obras de adecuación de portales

Se aprobó en junta la reforma de los 3 portales con un presupuesto de 26265 euros en total por los 3 portales en enero de 2017, la obra comenzó en septiembre de 2017 y el presupuesto se ha saldado con un total de 51800 euros por lo que teníamos que pagar cada vecino la cantidad de 420 euros por vivienda de diferencia extra. El cambio de presupuesto no se aprobó en ninguna junta y ahora a los que nos hemos negado a pagar ese recibo extra en la próxima reunión de vecinoa que es el día 2 de octubre se nos niega el derecho a voto en la junta según el articulo 15-2. Yo estoy al corriente de pago de la comunidad, como puedo impugnar esa reunión y ejercer mi derecho al boto ya que quieren denunciarnos a los que nos hemos negado a pagar el recibo extra.

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Usted acuda a la reunión y actúe con normalidad. Trate de ejercer su derecho al voto. Si no se le permite, puede impugnar los acuerdos que desee (no la junta), basándose en el artículo 18.2 de la LPH que dice:

"2. Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto."

Se puede pedir responsabilidades al administrador ya que el aprobó los cambios del presupuesto por recomendación de 4 vecinos sin haber reunión y poniendo carteles de morosidad a mi nombre y los que no hemos pagado y bloqueandome el móvil para que no pueda solicitarle ningún documento más, es más se los solicite por privado y tuvo la poca educación de darmeloa a voces delante de todos los vecinos asistentes en la reunión, en la cual yo no me negué a la reforma sino a la cuantía porque era muy excesiva en comparación con la que se aprobó en principio.

El Administrador no puede aprobar un presupuesto, ni un incremento en un presupuesto ya aprobado, salvo que se le hubiera autorizado a hacerlo. Siempre es la Junta de Propietarios la que debe hacerlo o, en todo caso, el Presidente (quien, de nuevo, debería contar con la autorización de la Junta de propietarios para tomar este tipo de decisiones).

Entonces ha incurrido en apropiación indebida de los fondos de la comunidad, que nos ha llevado a deberle a la constructora los 25000 euros de más del presupuesto y como nos hemos negado varios vecinos a pagar la derrama aun no esta saldada la deuda. Creo porque como no me da más información.

"Entonces ha incurrido en apropiación indebida"

Eso lo decidirá, en todo caso, un juez.

Si la Comunidad no está conforme con la actuación del Administrador, puede plantearse emprender acciones legales en su contra.

Que va encima la mayoría de la comunidad esta muy a gusto con el, ese es otro problema más añadido

Gracias si tengo alguna duda más les pregunto, un saludo.

En ese caso, lo tiene usted difícil, porque va a tener que enfrentarse con la Comunidad. Y estas situaciones acaban complicando mucho la convivencia, hasta el punto de hacerla imposible. Antes de iniciar batallas legales, plantéese si le va a compensar. Por mucho que tenga usted razón, piense si esos 400 euros merecen que su situación en la Comunidad pueda hacerse insostenible.

Conmigo no tienen ningún problema por hay estoy tranquila,hasta que nis denuncien a los vecinos si se aprueba claro 

No, claro. No tiene problemas todavía. Pero si se niega a pagar, es probable que los tenga. O si usted decide impugnar los acuerdos de la próxima Junta.

Por eso le digo que, a veces, no es suficiente con tener razón. Hay que sopesar las posibles consecuencias.

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Contrataque usted diciendo que va a denjnciar al administrador por aceptar un cambio de presupuesto, sin tener el acuerdo de la comunidad en junta. Y le recuerda que el no es nadie para tomar decisiones que afectan a la comunidad.

Y a la comunidad le indica que emprenaan un proceso monitorio contra usted, basandose en que se niega a pagar un aumento de un presupues del 100% inicial sin ser aprobado en la junta.

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Como bien dicen ambos expertos que han respondido, si o si todo va a acabar en los tribunales. Usted puede negarse a pagar esa derrama extra en tanto que no ha sido aprobada en junta (es decir, tal y como dice la ley)

¿Qué va a reclamarle la comunidad? Si ese incremento no ha sido aprobado en junta, primero debería aprobarse en junta la subida y en caso de aprobarse ya se lo podrían reclamar.

Por lo que dice, el caso es más propio mas de una mancomunidad, ¿No?

¿Por qué el presidente ha firmado un talón o pagarés sin estar autorizado por una decisión de la junta?

Eso, si quiere, póngalo en conocimiento de un abogado y que le asesore, porque en este momento, sin autorización previa de la junta, el pago de esos mas de 20000€ extras, tienen muchas papeletas de ser un ilicito penal. (Y si lo hiciera antes de la próxima junta mejor que mejor)

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