¿Es necesario ponerse un salario en esta circunstancia?

Me gustaría saber si es necesario ponerse un salario en esta circunstancia.

Persona residente en España con empresa registrada en el extranjero (fuera de la UE), director y único accionista de la empresa.

En caso de que no sea necesario, ¿sería correcto recibir dinero de la empresa por medio de dividendos para que el tipo de gravamen fuera inferior al del salario?

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Respuesta

El tipo de gravamen de lo que perciba de esa empresa estará en función de:

a) La tributación que soporte en la fuente -país donde radica la empresa-.

b) La existencia de convenio con ese país para evitar la doble imposición.

En origen, los dividendos repartidos no se graban.

Existe convenio de doble imposición con el otro país.

De todas formas, con el gravamen de dividendos me refería al de España, donde el máximo porcentaje es del 23%.

No me quedó claro si es o no necesario ponerse salario y si sería correcto recibir dinero de la compañía en forma de dividendos en vez de usar salario.

Tenga en cuenta que el IRPF es un imuesto que abarca todas las rentas percibidas, por lo tanto si los dividendos se gravan en la fuente, luego deben declararse en IRPF.

Los dividendos no se gravan en el país de origen. En base a este artículo: https://blog.selfbank.es/fiscalidad-dividendos-si-dividendos-no/  los dividendos tienen otras tablas de tributación diferentes al IRPF. No me queda claro por qué tiene que ir por IRPF si son rendimientos de capital mobiliario.

El IRPF, es impuesto sobre la RENTA de las personas físicas, en ese concepto de renta se incluyen, sueldos, salarios, pensiones, intereses, dividendos, alquileres, etc.

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