Tema fiscal entre México y España

Soy español con empresa en México y soy accionista con un valor de las acciones de +de 250.000€. En México soy residente extranjero inmigrado. Nunca he dicho a la Agencia Tributaria que tengo esta sociedad. ¿Existe riesgo de que conozcan la existencia de esta inversión que tengo desde hace más de 10 años?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

La mayoría de convenios internacionales, que firma España, incluyen el intercambio de información, por lo tanto, es posible que Hacienda de España tenga conocimiento de ello. Pero al ser usted residente fiscal en México, no tenga obligaciones fiscales en España, mas que las posibles obligaciones como no residente, si por ejemplo tiene una vivienda o cobra dividendos...

Como norma general, usted pagara por todas sus rentas mundiales en México y en España puede estar obligado a determinados rendimientos generados aquí.

Si usted fuera residente fiscal en España, si tendría obligaciones de información e inclusión en sus declaraciones de esta sociedad. Siempre conforme al convenio entre ambos países, para evitar la doble imposición internacional.

Para más información, yo soy residente fiscal español, pero también soy residente inmimgrado permanente extranjero, un formato migratorio para los empresarios que se obtiene después de 5 años de renovaciones.

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchos no residentes.

Lo primero que ha de mirar es su residencia fiscal. Si usted esta en México mas de 182 días (hay mas cuestiones a estudiar), como norma general usted es residente fiscal allí... Y si no lo ha comunicado en España, puede que ambos países le consideren residente fiscal, con lo que puede tener problemas en cuanto a los impuestos...

Por lo que parece, usted tiene un permiso de residencia como empresario en México, y una empresa, con lo cual, como norma general, debería ser residente fiscal allí. No se puede ser residente fiscal en dos países o en un país sin cumplir con los requisitos legales... Y en el país de residencia fiscal, ha de tributar por todas sus rentas mundiales, acogiéndose a los convenios con los países donde tenga usted otras rentas (y en esos otros países usted seria no residente, pero puede tributar también por algunas).

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