Debemos decláralo en el IRPF el año próximo

Acabamos de vender, una propiedad en Argentina, nuestra desde 1983 . Está en régimen de bienes gananciales con mi esposa . (estamos jubilados ) Pagando en la AFIP de Argentina todos los impuestos correspondientes . El monto es de 40 000 dolares .y fueron girados a nuestra cuenta en España .Debemos informar, a hacienda, ¿o debemos incluirlo en la declaración del IRPF el año próximo?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie y ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchos casos similares al suyo.

Efectivamente usted tendrá que declarar el incremento patrimonial que se produce al vender en su declaración de la Renta en España, pudiendo deducir lo pagado en Argentina (como no-residente) en aplicación del convenio para evitar la doble imposición internacional.

Además, usted ha debido de declarar la imputación de renta (si estaba el inmueble a su disposición) o el beneficio fiscal del alquiler (si lo tenían alquilado) en sus declaraciones de renta.

Y si el inmueble tiene un valor superior a 50.000 € también debería haber presentado declaración informativa modelo 720 de bienes en el extranjero.

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