¿Pueden cambiarme de área de trabajo (y contrato) sin consentimiento?

Despues de estar 6 años largos trabajando en una área especifica de mi empresa, han decidido (supuestamente los de recursos humanos) que debido a los cambios que está realizando la empresa no encajo y no tengo el perfil, por lo que me han dicho que la única solución es cambiarme a otra área con su consecuente cambio de contrato y no me puedo negar. De hecho, me lo comunicaron oficialmente el 3 de marzo, y me dijeron que el cambio tendría fecha de 1 de marzo. ¿Puedo negarme al cambio? ¿Pueden despedirme legalmente?

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Esos cambios podrían ser considerados modificaciones sustanciales de la condiciones del contrato, recogidos en el Art. 41 del Estatuto de los Trabajadores, en el se recogen que estas deben ser comunicada de con un aviso mínimo de que 15 días. “Si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses... el trabajador que, no habiendo optado por la rescisión de su contrato, se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones.” Se lo he copiado tal cual lo indica en el estatuto.

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