Como hacer frente y gestionar una gran herencia de un hijo menor de edad.

Mi marido y yo estamos casados con separación de bienes en Zaragoza. Él tiene un patrimonio grande de 4 propiedades inmobiliarias. Tenemos un bebe de 1 año.

En caso de que mi marido fallezca la herencia seria toda para nuestro hijo menor de edad puesto que no hay testamento, y yo tendría derecho al usufructo al 100% (así lo estipulamos en la separación de bienes) por tanto tengo claro que puedo alquilar pero NO PUEDO VENDER NADA.

MI GRAN PREOCUPACION es que, en el caso de que mi hijo recibiera semejante herencia siendo menor, para mí como tutora legal y administradora de sus propiedades sería imposible gestionar económicamente yo sola tanto patrimonio además del pago de los impuestos de sucesión que aquí en Aragón son elevadísimos.

Preguntas…

  1. ¿Estoy obligada como tutora legal a pagar esos impuestos para que mi hijo pueda recibir la herencia? ¿O siendo menor de edad está amparado por alguna ley o articulo para poder quedar exento del pago? Se que si la herencia es menos de 150.000€ está exento pero es mayor seguro.
  2. Si yo no pudiera hacer frente al pago de impuestos, ¿yo cómo tutora tengo la potestad para renunciar a esa herencia? Opción nada deseable.
  3. Para evitar esta situación hemos pensado que mi marido me deje una de las propiedades a mi nombre para yo poder venderla en caso de necesidad y así gestionar el resto del patrimonio (la legitima en Aragón es del 50% y esa propiedad no superaría ese valor). Ahora la duda es…. ¿Qué nos saldría mejor? ¿Con qué pagaríamos menos impuestos? ¿

3.1. Hacer una DONACION en vida ahora mismo? Que el ponga el piso a mi nombre

             3.2. Hacer una COMPRA/VENTA  del piso? Lógicamente lo q me importa es el dinero que habría que pagar de impuestos (creo q es el 8%) puesto que el dinero de la “venta” entra y sale del mismo sitio, nuestras cuentas.

3.3. Que haga el TESTAMENTO y me deje ese piso en herencia.

Tenía entendido que el pago de impuestos para heredar de marido a mujer era elevadísimo, mucho más elevado que entre padre-hijo y más elevado que el de una compra-venta, por eso estamos valorando las otras opciones de donación y compraventa, pero un abogado del que no me fio mucho me ha dicho que no. Que se pagaría lo mismo de impuestos siendo hijo q siendo viuda y que me salía más a cuenta la opción de la herencia que las otras dos.

¿Me pueden ayudar? Sobre todo en lo que concierne al punto 3.

Muchas gracias por su ayuda. Siento el texto tan largo y espero haberme explicado con claridad.

2 Respuestas

Respuesta
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Lo primero es ponerse en manos de un profesional experto que les estudie y ayude con su caso concreto. Las herencias son complejas y hay que estudiar bien la situción concreta.

En determinados casos, se establecen legados en los testamentos, para paliar los posibles problemas futuros.

En otros, se consituye una sociedad que gestione el patrimonio y en caso de fallecimiento se hereda la sociedad, que podria ser administrada por el tutor del heredero menor de edad, y puede contratar un profesional que la gestione el dia a dia...

En cualquier caso, cuando hablamos de patrimonio de menores, sera necesaria la autorizacion judicial en muchas cuestiones. Por ejemplo para renunciar a la herencia.

Gracias por su respuesta. Entiendo que me aconseja al igual que en la otra respuesta que busque un administrador. 

Podrían confirmarme por favor el punto 3?? Se pagarían los mismo impuestos por heredar de marido a mujer que de padre a hijo? Por mas que busco no encuentro nada claro. Muchas gracias. 

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un abogado experto que le estudie su caso concreto y le ayude.

En este enlace puede encontrar informacion del impuesto: http://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/Departamentos/HaciendaAdministracionPublica/nTributos/Documentos/Manual_Sucesiones.pdf 

La planificación fiscal no puede hacerse en función de una pregunta en una web, debe hacer la un profesional.

Es posible que la mejor opción fiscal, pero no hemos estudiado su caso concreto, sea un legado de la vivienda habitual a usted, pues esta vivienda tiene una importante bonificación.

Respuesta
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Lo mejor que podrias hacer, llegado el caso, es nombrar un administrador. Es cuestión de buscarlo con tiempo. Hay multitud de profesionales de carrera que acometerian esta función por un precio razonable. Si yo no estuviese a punto de cumplir los 90 años, me ofrecería con gusto.

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