Cuando fallece una persona Quien paga IVA de unos alquileres:el cónyuge,uno de los hijos herederos?

Mi padre falleció, y se hizo aceptación de herencia sin dividir entre mis hermanos, mi madre (usufructuaria) y yo. Hay unos locales que están alquilados. Hemos quedado entre todos que ese ingreso se lo quede mi madre y ella pague IVA trimestral. Tenemos que declarar también los hijos nuestra parte de ese IVA, ¿y declarar cada uno lo que nos corresponde del ingreso del alquiler aunque es mi madre la que lo gestiona? ¿Interesa crear una comunidad de bienes? ¿Qué es y para qué sirve una comunidad de bienes?

2 respuestas

Respuesta

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

En estos casos, se suele formalizar en Hacienda la herencia yacente del fallecido por parte de los herederos legales, para disponer de un CIF para poder presentar las declaraciones. Esto mientras se acepta la herencia... luego hay que estudiar como se adjudica y a quien le corresponde cada inmueble, para ver la mejor solución para la tributación.

Para el IVA, presentaría las declaraciones la comunidad de bienes y para el beneficio se imputaría cada uno la renta en su porcentaje correspondiente.

Respuesta

Habría que leer la escritura de aceptación y ajudicación de esa herencia, pero si dice que su madre se ha adjudicado el usufructo de todo, es ella la titular del arrendamiento y por lo tanto quien debe repercutir el IVA e ingresarlo trimestralmente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas