¿Herencia yacente o ya hay herederos?

Los antecedentes de la cuestión a discutir son los siguientes: fallece uno de los cónyuges (hace 1 año y medio), dejando un testamento, en el cual se establece que el cónyuge supérstite tiene el usufructo vitalicio de todos los bienes, mientras que los hijos herederos se quedan con la nuda propiedad de los mismos. Los documentos que se poseen a día de hoy son: el testamento, el justificante del pago de la plusvalía y un contrato privado en el que se fija la valoración de los bienes y las partes correspondientes a cada uno de los herederos.
Por ello, la duda que surge es la siguiente: ¿Se ha producido la aceptación (expresa o tácita) de la herencia? ¿O estamos ante una herencia yacente?

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Mientras no se produce la aceptación mediante documento notarial de aceptación de herencia, estamos ante una herencia yacente, aunque el haber firmado un documento privado (que hay que estudiar su contenido) pueda suponer una aceptación tacita, esta en principio solo tiene validez entre las partes.

Le recomendamos se ponga en manos de un profesional que le estudie su caso concreto y realicen las escrituras y posterior registro de aceptación de herencia conforme al testamento.

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