Puede dejarme la parte suya en usufructo

Mi pareja tiene un piso en el que vivimos. Es propietaro 7/8 partes y 1/8 parte es de sus hijas. ¿Puede dejarme en usufructo su parte? Somos pareja de hecho.

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Debo decirle que no, el usufructo no se puede transmitir. El artículo 513 en sus apartados 1º y 4º del Código Civil señala que el usufructo se extingue entre otros motivos: "1.º Por muerte del usufructuario."; "4.º Por la renuncia del usufructuario."

Le ruego cierre la pregunta y valore la respuesta.

Creo no me explicado bien..el no tiene usufructo es propietario..seria dejarme a mi su parte en usufructo

Le pido disculpas. El usufructo sí que se puede ceder gratuitamente, siendo equiparable a una donación de un bien inmueble y requiriendo para ello escritura pública.

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