¿Como se calcula legalmente en nomina la baja por enfermedad común de 2 días durante el mes de febrero de 28 días?

Me han retenido en la nomina de febrero 2017 4 días de trabajo, cuando en realidad solo he faltado 2. Han hecho el calculo así = Sueldo bruto/30 y como he trabajado 26 días en febrero, he cobrado 4 dias menos. ¿Esto es así? Si es así la ley, esta es discriminatoria e ilegal. ¿Cómo se tolera?

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Primero debes comprobar si tu sueldo te lo calculan en base a 30 días, todos los meses te cuentan como 30, o por los días naturales del mes según sean meses de 28, 30 o 31 días. En el primer caso, en el mes de febrero te corresponderían 28 días, 30 del cálculo normal, menos 2 de baja. En caso del cálculo con el segundo caso, te corresponden 26 días de pago, 28 del mes menos 2 de baja.

Por otro lado, te recomiendo que consultes el convenio de aplicación de tu empresa, ya que en muchos de estos, se aplica un complemento del 100% para las bajas por IT.

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