Baja laboral por incapacidad temporal y cobro de la nómina mensual
Querría plantear una duda sobre la prestación en caso de baja por It cuando es un trabajador mensual (30 DÍAS)
Por ejemplo, ¿si permaneces todo el mes de enero de baja tengo derecho a apercibir en nomina como prestación por enfermedad 31 días o 30? Y en los tc'¿Es en el caso de corresponder deducirte todo el por ir a cargo de la seguridad social se debe deducir los 30 días o 31? Lo digo porque mi empresa en un mes de 31 a un trabajador mensual le pone en nomina lo correspondiente a 30 días de prestación, y en los tc's cotiza or 30 días y se deduce por IT 30 días.
Y por ejemplo en febrero, paga por enfermedad 30 días, cotiza 30 días y se deduce por It 30 días.
Y no se si realmente esto es correcto, la verdad es que el programa de nominas así lo hace, pero no se podremos tener problemas de alguna reclamación con la TGSS.
Agradecería una respuesta lo más completa posible al respoecto.
Por ejemplo, ¿si permaneces todo el mes de enero de baja tengo derecho a apercibir en nomina como prestación por enfermedad 31 días o 30? Y en los tc'¿Es en el caso de corresponder deducirte todo el por ir a cargo de la seguridad social se debe deducir los 30 días o 31? Lo digo porque mi empresa en un mes de 31 a un trabajador mensual le pone en nomina lo correspondiente a 30 días de prestación, y en los tc's cotiza or 30 días y se deduce por IT 30 días.
Y por ejemplo en febrero, paga por enfermedad 30 días, cotiza 30 días y se deduce por It 30 días.
Y no se si realmente esto es correcto, la verdad es que el programa de nominas así lo hace, pero no se podremos tener problemas de alguna reclamación con la TGSS.
Agradecería una respuesta lo más completa posible al respoecto.
1 respuesta
Respuesta de maritony1975
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Existe normativa en relación a los días de it en meses de 31 días de forma que los días de it en meses de 30 es 30 menos los días trabajados por lo cual en enero solamente proceden 29 días de IT esto lo suelen calcular de forma correcta los programas. Donde no existe normativa clara es respecto al pago de los días trabajados ya que depende de cada asesor hay quien paga todos y quien redondea hasta que la suma de it + trabajados sea 30 - ANA BELEN PEREZ