Baja de un mensual a día 30

Si un trabajador de grupo mensual y régimen general, cae de baja por IT el día 30 de un mes con 31 días naturales, (por lo tanto estará de baja por IT el día 30 y 31 de ese mes, osea, 2 días), en su recibo de salarios ¿deberían aparecer 28 días de salario y 2 días de IT? ¿Seria correcto? ¿Cómo debería aparecer en su recibo de no serlo?

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Sí es correcto como dices, deben aparecer 2 días de baja, y 28 de salario.
Lo que pasa es que si la it es por contingencias comunes y vuestro convenio no aporta complemento de it desde el 1º día de baja, esos 2 días de it no cobrará nada, solo el sueldo de 28 días, pero debe aparecer reflejado en la nomina que está 2 días de it.
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