¿Hay alguna manera de romper un contrato de alquiler si solo eres aval solidario?

Soy aval solidario en un alquiler con un amigo ya que estamos compartiendo piso y con su renta no nos lo daban. Mi pregunta es que si al año yo no quisiera continuar en el piso ( siendo yo Solo aval ) ¿Se me tendría en cuenta para la prologa del contrato?

Porque se puede dar el caso de que el que es el titular del contrato quiera continuar en el piso y yo no. ( imaginaros que nos enfadamos ). Si no tendría que estar 4 años siendo su aval siendo le 5 año cuando para seguir hay que hacer de nuevo el contrato y obviamente no estaría por la labor.

¿Habría algún tipo de solución?

¿La solución entraría en crear un acuerdo escrito entre mi amigo yo con esas condiciones? En las que si yo quiero dejarlo pueda.

2 respuestas

Respuesta
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Ser aval es MUY peligroso... Todas las obligaciones... y ningún derecho.

No es algo que puedan decidir ustedes.

Si el contrato está bien hecho, usted no podrá desvincularse hasta que arrendador y arrendatario firmen el fin del alquiler.

Me refiero se hace un contrato de un año, que se puede ampliar pero también. Por ley al tercer año hay que rehacer el contrato y volver a firmar las partes afectadas no? En ese caso también me afecta a mí. Si al tercer año no firmo no hay problema entiendo no?

Por otra parte el arrendador si al año nos quiere echar nos puede echar avisando con un mes de antelación por lo que también finalizaría el contrato.

estoy en lo cierto ?

Me refiero se hace un contrato de un año, que se puede ampliar pero también. ¿Por ley al tercer año hay que rehacer el contrato y volver a firmar las partes afectadas no? En ese caso también me afecta a mí. ¿Si al tercer año no firmo no hay problema entiendo no?

Al tercer año el contrato se prorrogará por otro año más si ni el arrendador ni el arrendatario quieren terminarlo. El avalista tiene que esperar a que ellos den por terminado el contrato.

Por otra parte el arrendador si al año nos quiere echar nos puede echar avisando con un mes de antelación por lo que también finalizaría el contrato.

El arrendador no les puede echar "al año". El arrendador no puede echarles hasta el tercer año.

Lea atentamente la cláusla de avalista del contrato, en ella figurará hasta dónde y hasta cuándo llega su responsabilidad.

Respuesta

Como le ha señalado Amparo prestar un aval personal conlleva un grave riesgo para el patrimonio del avalista, ya en el Libro de los Proverbios se podía leer hace mas de dos mil años: “No seas de los que dan la mano y salen fiadores de un deudor, si no tiene con que pagar te quitarán hasta la cama donde duermes”
El avalista no puede ponerse de acuerdo con su avalado para extinguir ese aval, en todo caso será el beneficiario quien pueda dispensar al avalista de la fianza prestada.

En su caso habría que leer el documento de aval detenidamente puesto que la modificación de las condiciones del contrato avalado pueden hacer desaparecer el aval, le pongo un ejemplo: Si yo avalo a un inquilino "en los términos pactados en este contrato de arrendamiento" que tiene una duración de X tiempo, y cuando se agota ese tiempo, casero e inquilino deciden prorrogarlo, mi aval no se prorrogará, si yo no lo acepto.

Para su mayor información le dejo unos enlaces:

La responsabilidad del avalista en un alquiler

La extinción del aval en un alquiler

¿Por qué no es aconsejable avalar a un inquilino?

¿Cuándo se extingue la obligación del avalista por novación o prórroga del contrato afianzado?

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