Una empresa presta servicios médicos a otra, al final cierra y traspasa el local ¿Qué obligaciones tiene con los empleados?

Una empresa(centro médico) presta servicios médicos y de fisioterapia a una mutua de accidentes laborales. En ese mismo local de atención médica, la mutua ocupa parte del mismo para las gestiones administrativas. Los médicos y fisioterapeutas trabajan en el centro medico como trabajadores concertados de la mutua con claves aportadas por la propia mutua utilizando su programa interno. A final este año, el centro médico decide cerrar como empresa alegando pérdidas(siendo falso);la totalidad del local será traspasado a la mutua transformándose ésta en centro propio asistencial de la zona. La mutua ya como centro propio va a prestar los mismos servicios médicos y de fisioterapia que anteriormente. Mi pregunta es :¿Qué obligaciones tiene la mutua con los empleados del centro médico que le daban los servicios médicos y de fisioterapia a partir del traspaso local?

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En principio ninguno. Habría que mirar el convenio de aplicación sectorial de la zona. Si en el convenio se establece la obligación de subrogación, deberá subrogar a los trabajadores en los términos que en el convenio se establezcan.

Si en el convenio no se dice nada, habría que ver si se ceden realmente todos los medios de producción... Etc. Para que se dé una obligación de subrogación empresarial se han de cumplir los requisitos del artículo. 44 del Estatuto de los trabajadores. Si de dan, habrá obligación. Si no se dan esos requisitos, pues nada.

Se pasaría del convenio provincial de Granada de establecimientos privados sanitarios al convenio propio de la mutua Fremap.

Ceder, ceden las instalaciones y los servicios médicos van a ser los mismos.Mi pregunta es,¿si yo como trabajadora fisioterapeuta concertada con la mutua fremap durante años, tienen algún tipo de obligación de contratarme antes que cualquier otro fisioterapeuta que no haya trabajado en ese centro? Se pasaría del convenio provincial de Granada de establecimientos privados sanitarios al convenio propio de la mutua Fremap.

Ceder, ceden las instalaciones y los servicios médicos van a ser los mismos.Mi pregunta es,¿si yo como trabajadora fisioterapeuta concertada con la mutua fremap durante años, tienen algún tipo de obligación de contratarme antes que cualquier otro fisioterapeuta que no haya trabajado en ese centro?

Desconozco lo que establece el convenio provincial de Granada en concreto sobre eso. Para saber si se tiene derecho de subrogación le recomiendo que acuda a un profesional de su provincia, que pueda analizar el caso en concreto. Una consulta no suele ser cara, y podrá aclarar sus dudas con más certeza, pues habrá que estar a los detalles del caso

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