Accidente vehículo estacionado. Problemas con la compañía.

El día 12 de octubre mi vehículo, que estaba estacionado sufrió un accidente. Otro vehículo que estaba estacionado unos 5/8m delante del mío en una calle con un poco de subida ( mi vehículo, dos zonas de vado, y el otro vehículo ) apareció empotrado al mío. Casualmente pasaban por la zona una patrulla de los Mossos d´Esquadra a lo que nos dirigimos, y los cuales comprobaron el vehículo causante del accidente. Éste estaba con la puerta abierta y sin el freno de mano, y como he dicho, empotrado al mío. Fueron los mismos Mossos los que dieron aviso al propietario del vehículo que se personó al cabo de un rato. Se hizo parte amistoso ( recomendado por ellos y en cual nos ayudaron a rellenar ), y tomé algunas fotografías.

Bien, al día siguiente se pasa parte a mi compañía de seguros, Línea Directa, adjuntando el parte amistoso, y las fotos, además de explicar los daños que tenía mi vehículo ( parte izquierda del parachoque con algún trozo desprendido y con grietas, capó parte izquierda hundido, y parte izquierda tras parachoques hundido; debo decir que es un vehículo antiguo ). El día 14 pasa perito por el taller. El día 19 nos comunican ésto a través de la web,

19/10/20161

Hemos conseguido que ESTRELLA /GENERALI / HERMES/B. VITALICIO nos acepte la reclamación que le efectuamos por los daños de su vehículo. Enviamos autorización al taller para que pueda empezar la reparación si esta no se ha realizado. Si se ha realizado y usted ha abonado la factura al taller, remítanosla para proceder a reintegrarle el importe en la cuenta que consta en su póliza. Podrá hacerlo en la opción "Fotos y documentación".

15/10/2016

Iniciamos el proceso de reclamación a la compañía contraria. En el 90% de los casos en los que reclamamos conseguimos que las compañías reconozcan su responsabilidad, para lo cual disponen de un plazo mínimo de 15 días. Si transcurre este plazo y no tenemos aún la aceptación, nos pondremos en contacto con usted para informarle.

Cual es mi sorpresa que el 21 llamó al taller para llevar el vehículo y me comunican que no tienen ninguna autorización para reparar. Llaman ellos al perito y este les dice que tiene todavía que pasar a peritar el otro vehículo ( éste no tiene ningún daño, lógico, 5/8m en subida, el impacto fuerte lo recibe el mío ). A día de hoy todavía no me han comunicado nada. Parece ser que el perito, por lo que dijo en el taller, quiere darlo por Siniestro Total ( el perito tampoco dejó ningun peritaje en el taller, únicamente hizo fotos y apuntó kilometros del vehículo ).

Sé que las dos compañías van por convenio, y que la otra, Generali ha aceptado el parte con lo que Línea Directa cobrará o ya ha cobrado el módulo que asciende a 882. A pesar de ello,

-¿Tengo derecho a la reparación del vehículo verdad?

- No tengo porque aceptar siniestro total ( valor venal de mi vehículo unos 500€ ).

- ¿Deben decir el importe de la peritación?

- Si se ha aceptado el parte y me han dicho que enviaban orden al taller ¿pueden tirarse atrás?

Por lo que veo mi compañía, quiere excusarse en la antiguedad, para ganar más dinerito!

2 Respuestas

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Ud puede reparar su vehículo pero para reclamarlo a la compañía existen unas normas, debe cumplir unos requisitos de valor, marcados por la jurisprudencia. Como abogado de accidentes de tráfico su caso es muy habitual y tiene solución. No tiene por qué aceptar el siniestro total, en su caso puede existir dos opciones, o repara y reclama la factura de reparación, o bien acepta el valor venal del vehículo junto al de restos, y le aumenta el valor de afección que puede acender hasta un 30% del valor venal, en su caso 650.-Euros, que tampoco le compensa.

El peritaje si Ud lo pide se lo deben entregar, sino el mecánico se acostumbra a quedar una copia.

El hecho que se haya aceptado por convenio es que se acepta la responsabilidad a partir de aquí Ud como particular puede solicitar la reparación.

Espero haberle ayudado, el despacho esta situado en Barcelona, si tiene dudas puede contactar conmigo, [email protected]. saludos cordiales

Muchas gracias por la información aportada!!

Ahora mismo me encuentro ante una situación surrealista con la compañía de seguros. Mi pregunta anterior derivaba del hecho de la sospecha de " Siniestro total ". Pués no, va más allá. Día 3 de Noviembre me comunican que la peritación ya está cerrada ( sin haber podido evaluar daños internos del vehículo por imposibilidad de abrir capó debido al golpe ) , que hay un rehuse de daños parciales, concretamente los qua afectan a la parte central/izquierda del capó, argumentando que no corresponden por altura y antigüedad, y que el perito sólo valora daños en paragolpes, frontal interno de esa zona inquierda, y faro izquierdo. Tras quejas diversas a la tramitadora del siniestro e intentos de hablar con el perito éste contacta y me informa que rehusa esos daños porque considera que son debidos a un siniestro anterior concretamente se refiere a unos desperfectos que presenta el paragolpes en la parte del centro a la derecha, desperfectos puestos en conocimiento de la aseguradora en el momento de la declaración del parte. Mi estupor no puede ser mayor, primeramente porque por altura se correponden perfectamente ( más cuando da por buenos los del faro que estan a la misma altura ) y segundo porque por antiguedad es imposible puesto que " NO SE PUEDE ABRIR EL CAPO " y si se correspondieran con los daños a los que hace referencia ( se basa en que es una zona donde hace años se intento rellenar los trozos desprendidos con masilla especial de la cual quedan algunos restos ) mi vehículo no podría haber pasado la ITV el día 25 de Agosto pasado.

Ayer puse reclamación ( detallada con fotografías, mediciones, etc... ) en Atención al Cliente  de la Compañía a las 8 de la noche y según ellos ya han expedido una carta a las 11.52 de esta mañana comunicándome el rehúse de daños basándose en el informe pericial. Que si quiero denunciar que les denuncie.

Mi duda es la siguiente: ¿ no tengo el derecho a aportar un informe pericial sin tener que acudir a juicio como es lo que me han dado a entender ? Cuando yo les he consultado si podía desginar por mi parte un perito me han respondido que sería un tercer perito judicial. No entiendo nada.

Lo que sí me queda claro es que quieren darme lo mínimo posible puesto que la reparación completa ascendería casi al mismo importe o un poquito superior al módulo de compensación que ellos cobraran por este siniestro.

No tendré más remedio que pasar por el tubo porque me es imposible pagar la reparación con anterioridad para poder denunciar judicialmente. No creo que haya otro método de reclamación efectiva que no sea pasar por juicio.

Muchas gracias!! Y disculpen las molestias.

Puede resolver el conflicto aportando un perito suyo, el problema es que lo tendría que pagar para que haga informe nuevo. Es "normal" que la compañía no desmonte el coche sin aceptación de compañía contraria. Puede Ud reclamar un incremento por valor de afección pero solo si es siniestro total. Pero un pequeño incremento no mucho más.

Muchas gracias por la información!

Sé que tengo derecho a una segunda peritación pero en ese caso pagada por mí. El problema radica en que ayer, desde "SUPUESTAMENTE" el Departamento Jurídico de la Compañía se me informa que se me ha mandado una carta reiterándose en el rehuse parcial de unos daños ( evidentemente con argumentos falsos que  no se sostienen ) y que la única opción posible es que pase a denunciar y será entonces cuando intervenga un " 3er PERITO " que en ese caso sería un perito judicial. Ahí es cuando yo respondo que creo que por ley tengo derecho a designar por mi parte un perito para aportarles una peritación y ya si entre peritos no se pusieran deacuerdo es cuando intervendría ese tercer perito judicial. La respuesta del supuesto asesor jurídico es que él desconocía ese proceso, que él se dedica a otros temas dentro de ese departamento, es decir " estaba mareando la perdiz para que la gente se canse ". ¿ Estoy en mi derecho de designar a " MI " perito ?

La compañía contraria ha aceptado culpa. Bueno, maticemos, eso es a nivel calle. Todos sabemos que el proceder de las compañías no es tal cual se pinta. Funcionan por convenios, así que es " MI COMPAÑÍA" la encargada del siniestro y de su reparación. Ya ni tan solo tienen la cara de darme "SINIESTRO TOTAL" que como bien me informaron, me podrían indemnizar con un máximo de 650e, sinó que aceptan reparación, eso sí, rehusando unos daños evidentes ( un capó que ni tan siquiera se puede abrir y que debido a ello el  Sr, Perito no ha podido evaluar posibles daños internos ) por un importe todavía inferior. Claro, teniendo en cuenta que el modulo de compensación que van a cobrar por este siniestro es de 882, si aceptaran la reparación entera ( está alrededor de esa cifra ) ganarían muy poco o nada, si me dan siniestro ganarían unos 200 pero con el rehúse de daños ganaran casi el doble. COMPAÑÍA CONTRARIA NO PINTA NADA.

Entonces, por lo que he podido leer en los foros, si yo decido recorrer a la garantía de Defensa Jurídica que contempla mi póliza para, en este caso, y aunque no pinte nada " a priori ", denunciar a la compañía contraria, ¿ es verdad que mi compañía se vería obligada a devolver ese módulo y se le pondría una sanción de 3000e  ? ¿ y la compañía contraria tendría que aceptar TODA la reparación ( soy consciente que en ese caso tendría que correr yo primero con la reparación y entonces aportar facturas ) ? ¿ cuál de las dos compañías correría con los gastos del juicio ?

Gracias!

Sí tiene derecho a designar su perito. La sanción que comenta es dependiendo de la actuación, pese a ello la actuación de tu compañía reclamando el módulo es correcta, no tengo claro al 100% que le recaiga sanción. Es cierto que tu compañía deberá pagar al abogado que designes. Y es cierto que si reclamas la reparación tras haberla pagado te la abonarán, o se puede intentar solo con la pericial que aportes, reclamando la totalidad, y acreditando que no tienes dinero para abonar la reparación entera. Si ganas, es la compañía contraria quien paga las costas de abogado si reclamas más de 2000 euros, en caso contrario es tu compañía quien paga al abogado.

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Como especialistas en siniestros, le informamos que efectivamente deben reparar los daños materiales, aunque en la practica si el vehículo tiene más de 10 años o similar y la reparación supera los 1500 euros lo dan siniestro. Puede aceptar el siniestro, eso si deben pagarle el valor de mercado no valor venal, (el valor de mercado es siempre superior)o buscar un taller donde lo reparen en torno a 1500 euros.

Si lo desea puede contactar con nuestro despacho para más información a través de [email protected] o visitar nuestra web www.aguirrelex.es.

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