¿Valor catastral impuesto ganancia patriomonial?

Escribo para realizar la siguiente consulta:

En 2015 tuve que vender mi casa por debajo de su valor real (crisis inmobiliaria), ahora estoy intentando reinvertir lo poco que quedó después de pagar impuestos, hipoteca... En la compra de otra vivienda habitual.

Quería preguntar si mi gestor ha realizado bien el cálculo del impuesto en caso de que no me dé tiempo a comprar la nueva vivienda.

¿El impuesto se calcula por el VALOR REAL por el que yo he vendido la casa, o, por un valor catastral de hacienda (calculado según el número de metros cuadrados y un cociente)?

¿En caso de que se calcule por ese "valor de hacienda", cómo puedo saber cuanto es exactamente, hay alguna tabla o información para obtener ese valor?

No me refiero al cálculo del ITP, sino a la ganancia patrimonial (precio de venta - precio de compra y gastos).

2 respuestas

Respuesta

La ganancia patrimonial se calcula conforme al mayor de los datos, es decir el valor de venta o el valor fiscal para hacienda... Si usted ha vendido por debajo del valor fiscal, se puede encontrar con una inspección...

Respuesta

Empiezo por el final, ese valor que se utiliza en el ITP es precisamente es el que la Agencia Tributaria utiliza para calcular la ganancia patrimonial.

Dicho esto conviene subrayar que si vd realmente no obtuvo ninguna ganancia patrimonial lo que le conviene es impugnar ese valor que la oficina fiscal de su Comunidad mantiene contra toda equidad, el problema es si se le ha pasado el plazo.

Le dejo un enlace que le orientará al respecto:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales onerosas (ITPAJD): Impugnación de valoraciones.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas