Visado de residencia por inversión inmobiliaria

Existe una ley que permite solicitar el permiso de residencia a un ciudadano extracomunitario si compra una vivienda de más de 500.000€. Si el comprador está casado y tiene hijos menores, ¿qué debe hacer? Escriturar a nombre de los dos... Escriturar él solo, ¿le darían el permiso de residencia por la misma validez a su esposa y sus hijos menores? Si escrituran los dos solo consta como uno el inversor... ¿pero puede conseguir el permiso también la mujer y los hijos?

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La autorización inicial de residencia para inversores tendrá una duración de dos años. Una vez cumplido dicho plazo, aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia para inversores por el mismo plazo de dos años, mientras usted mantengan la vivienda a su nombre.

La vivienda deberá ser comprada, y el precio sin los impuestos debe ser de 500,000€. Tanto su esposa, como hijos menores de 18 entran dentro de la residencia. Deberá aportar por ello, certificado de matrimonio, actas de nacimiento, penales y seguro privado... Todo documento del extranjero legalizado y apostillado, en algunos casos traducido. La escritura puede estar a nombre de uno de los esposos, pero deberá demostrar que están casados para que pueda reagrupar a su pareja. La válidez de la residencia en la misma para toda la familia.

Puede comprar varios inmuebles, no tiene que ser sólo uno. Lo especifico es la cantidad de la inversión. Si aún tiene dudas, consulte nuestra web...http://tolentinoabogados.com/index.php/es/residencia-por-compra-de-vivienda 

Pero para pedir lo de agrupación familiar se hace a la vez que se pide el visado de residencia por inversión o se hace una vez obtenido el visado... ¿puede hacerse simultáneamente? Muchas gracias

Si usted entra como turista junto a su familia, no necesitan pedir visado, se requiere la reagrupación desde España siempre y cuando esten todos en estancia vigente. Cuando se presentan las solicitudes para la residencia, entran todas las solicitudes, independientemente de que esté o no toda la familia en España. Ssólo que si algunos de los miembros no está en España en el momento que sale favorable, debe solicitar el visado, para poder poner huellas. Pero la resolución de aprobación, salen todas en el mismo tiempo.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie y ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Le recomendamos lea la siguiente pagina http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CIUDADDELCABO/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/Visados-Ley-de-Emprendedores.aspx 

El visado se puede tramitar también para la mujer y los hijos menores de 18 años. Normalmente es uno de los miembros del matrimonio quien realiza la inversión.

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